¿Cuándo tengo derecho a permiso?: parentesco

¿Cuándo tengo derecho a permiso?: parentesco
Las diferentes situaciones así como los diferentes grados de parentesco que dan derecho a poder disponer de unos permisos retribuidos ✅ en el trabajo.

Una duda recurrente cuando un familiar se casa, está enfermo o, en el peor de los casos, muere, tiene que ver con los permisos o licencias remuneradas a las que se tiene derecho, y también en qué casos se tiene derecho a disponer de ellos. El Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 37.3, fija unos mínimos (en grado de parentesco y también en número de jornadas) que, en general, son los que también toman como referencia la mayoría de convenios colectivos. Aunque algunos convenios amplían el margen de días en los que no es necesario asistir al trabajo e igualmente son remunerados, respetando siempre el mínimo de días que se fija en el marco genérico del Estatuto de los Trabajadores.

En los diferentes supuestos contemplados, lo que determina si se tiene o no derecho a los permisos es el grado de parentesco, ya sea por una relación de consanguinidad o una relación de afinidad. En el caso de consanguinidad se entiende el parentesco que se da cuando el vínculo familiar es por sangre. En el caso de la afinidad, el vínculo surge de dos personas que forman una pareja. Para que, en el último caso, exista la relación de afinidad es necesario que la pareja tenga el vínculo del matrimonio.

Así, en el caso de nacimiento de un hijo o hija, de muerte, de hospitalización, de accidente, de enfermedades graves o de una intervención quirúrgica que precise reposo domiciliario de parientes de hasta segundo grado, (ya sea de consanguinidad o de afinidad) se tiene derecho a dos días de licencia remunerados. En el caso de que se deba realizar un desplazamiento, el trabajador tendrá hasta cuatro días de licencia con retribución económica. También es importante saber que en el caso de una hospitalización o intervención quirúrgica no es necesario que el primer día del permiso coincida con el primer día del ingreso hospitalario. Se puede disfrutar de estos días, con el límite de dos o cuatro jornadas (en este último caso, si es necesario desplazarse), siempre y cuando el familiar permanezca ingresado en el hospital.

Para poder disponer de estos permisos o licencias remuneradas es muy importante que queden definidos de una forma muy clara cuáles son los diferentes grados de parentesco y los motivos por los que se puede dejar de asistir al trabajo. En el caso del nacimiento de un hijo, el padre actualmente tiene derecho a un permiso de un mes entero y la madre tiene derecho a todo el período de baja que marca la legislación vigente. En la actualidad, este período está fijado en 16 semanas; es decir, la mujer puede disfrutar de cuatro meses de permiso por maternidad.

Los diferentes grados de parentesco por consanguinidad y por afinidad son los siguientes:

Primer grado de consanguinidad: los padres y los hijos.

Primer grado de afinidad: los padres del cónyuge, la madrastra, el padrastro, los hijastros y las hijastras.

Segundo grado de consanguinidad: los abuelos, los hermanos y los nietos.

Segundo grado de afinidad: los abuelos del cónyuge y también los cuñados, es decir los hermanos del cónyuge y los cónyuges de los hermanos.

Tercer grado de consanguinidad: los tíos y los sobrinos.

Tercer grado de afinidad: los tíos y los sobrinos del cónyuge.

Cuarto grado: primos.

El permiso por hijastros, padrastros y cuñados

A la hora de disponer de un permiso con remuneración económica, una de las principales dudas y conflictos que pueden surgir entre los trabajadores y los departamentos de recursos humanos de las empresas tiene que ver con aquellos casos que afectan a la familia política. Es decir, lo relativo a hijastros, padrastros y cuñados.

En este sentido, existe una sentencia judicial. En concreto, se trata de la sentencia de la Audiencia Nacional de 2 de octubre de 2015. Este caso hace referencia a un conflicto que se generó cuando la empresa semipública Aena se negó a conceder permisos a sus empleados, cuando se trataba de familiares con una afinidad de hasta segundo grado. En esta situación, se encontraban los hijos del cónyuge (es decir hijastros e hijastras), así como también el cónyuge del padre o la madre (padrastro o madrastra). Aena alegaba que, tras muchos divorcios de sus empleados, después se formaban muchos matrimonios entre trabajadores de la misma compañía y este hecho les obligaba a conceder un elevado número de días de perminos retribuidos. En concreto, consideraba que las jornadas a conceder se multiplicaban por dos. Es decir, por la enfermedad de un hijo o cualquier otro de los conceptos que dan derecho a este permiso, la empresa debía conceder cuatro días (dos por cónyuge), en lugar de dos, ya que la situación afectaba a dos empleados de la empresa y no tan solo a uno.

Para llegar a una conclusión y poder establecer una sentencia al respecto, la alta instancia judicial se basa en la definición que hace el diccionario de la Real Academia Española en lo relativo al parentesco. En la definición del diccionario oficial de la lengua española se considera que en el momento en que se contrae matrimonio se establece un parentesco entre cada cónyuge. Y también se establece una relación de parentesco por afinidad con los parientes que tienen vínculos de consanguinidad con el otro miembro del matrimonio. Por lo tanto, con esta definición, quedaría totalmente englobada la relación que un miembro de la pareja tiene con los hijos o hijas del otro. De la misma manera, también la relación de los hijos con la pareja del otro (siempre que exista matrimonio), sin requerir que estos sean huérfanos de padre o de madre ni que tampoco exista un auténtico lazo afectivo entre ellos. Así, la unión legal del padre o la madre con otra persona es suficiente.

Por lo tanto, según la resolución judicial, todos estos casos entran en el precepto de familiares de primer y segundo grado por afinidad que contempla el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 37.3, así como también los contemplados en los diferentes convenios colectivos sectoriales o de las empresas.

Además, también es importante remarcar que es necesario que exista el matrimonio y destacar que también se incluyen los casos en los que se trata de matrimonios entre personas del mismo sexo. Por otro lado, también cabe destacar que todos estos vínculos finalizan en caso de que produzca un divorcio entre el matrimonio o que exista el fallecimiento de uno de los cónyuges.

La sentencia del alto tribunal llega a la misma conclusión cuando se trata de los permisos de muerte, enfermedad y otras circunstancias a los que se tiene derecho por familiares de hasta segundo grado.

El caso de los cuñados

En el caso de los cuñados no existe una definición concreta de afinidad más allá de que se trata de hermanos de los cónyuges, ya que además no se trata de una relación de afinidad directa. Por este motivo, con el tiempo se ha debatido si en las relaciones de afinidad deben incluirse solo los hermanos del cónyuge o si también se deben contemplar los cónyuges de los hermanos o hermanas.

Según diferentes resoluciones del Tribunal Supremo, los vínculos de afinidad, y en concreto el vínculo que existe entre cuñados, no es siempre lo que se ha considerado una relación simétrica en el sentido estricto, en la que las diferentes posiciones sean exactamente iguales. Pero a pesar de esto, el alto tribunal no pone en duda que se trata de una relación bilateral en la que se proyectan sus principales efectos en las dos direcciones. Por lo tanto, según el Supremo, esta bilateralidad permite asegurar que no solo es cuñado el hermano del cónyuge, sino que el cónyuge del hermano también es cuñado.

Como la base de la relación jurídica de afinidad es la unión de dos familias con un nexo en común, esto genera también unos deberes y usos sociales, que las leyes convierten en obligaciones o normas jurídicas con sus deberes, permisos, prohibiciones e incompatibilidades varias. Y precisamente, con todas estas características, se entiende que la relación entre cuñados está incluida en los conceptos de permisos previstos en el artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores. Por lo tanto, no existe diferenciación entre el permiso porque el suceso haya ocurrido al hermano o hermana o a su cónyuge.

La figura de los concuñados

El Tribunal Supremo en sus sentencias sí que hace referencia a la figura de los concuñados y la trata de forma diferente a la figura del cuñado. En este caso el alto tribunal considera que entre los afines de un miembro del matrimonio y el otro no existe afinidad, a pesar de lo pueda considerarse en los usos sociales y la relación que se pueda haber establecido con el paso del tiempo. Por este motivo, el Tribunal Supremo entiende que no existe ningún grado de parentesco y, por este motivo, la muerte o la hospitalización del cónyuge del cuñado (o lo que sería lo mismo, el cónyuge del hermano del cónyuge) no genera el derecho a un permiso retribuido en el trabajo.

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Comentarios (54)

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mansour

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hola buenas noches senor mariano una pregunta tengo fijo descuntinuo en servicio de hosteleria mi prgunta es; mi mujer esta engresada en hospital in mi paes argelia tengo qe ir me para estar con ella no lose cundo dura al tiempo engresada en hospital me qeda 2 meses para terminar al trabajo mi pregunta estos dos meses locobro como baja familil o mi paga lempresa gracias por ayudarme saludo
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David.

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Buenos dias.
Mi pregunta es la siguiente. Mi pareja y yo no estamos casados, pero tenemos un hijo en comun. Me pertenecen dias por operacion de mi pareja para cuidad a mi hijo.
Muchas gracias.
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maria luz

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estoy separada legalmente pero no divorciada mi consulta es si me corresponden los permisos retribuidos si mi exmarido esta hospitalizado o intervenido quirurgicamente, gracias.

Pedro

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Que crack ¡¡
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Katy mejias

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Tengo una hermana con cancer Necesito rl permiso para acompanarla en ese proceso tan duro en mi trabajo no quieren mi jefa me pone muchos obstaculos la let estipula q puedo tener dicho permiso
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José Manuel

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hola. Trabajo en la hostelería en huelva. Se casa un hermano de mi marido. O sea mi cuñado.
Tengo derecho a dias de permiso contribuidos?
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Iñigo

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Buenas,
Acaba de fallecer el marido de mi madre politica, no el padre de mi mujer, ha vivido 32 años con ella. Me gustaria saber si me corresponden los dias de permiso por fallecimiento.
un saludo
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jose mnauel martinez orti

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SOY MIENBRO DE UN TRIBUNAL EN UNA OPOSICION DE UN AYUNTAMIENTO, TRABAJO DE NOCHE, ME CORRESPONDE FIESTA EL DIA ANTERIOR PARA ASISTIR COMO TRIBUNAL
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Juan carlos molina morilla

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Hola mi hermano a fallecido y mi ex cuñada me pone muchos impedimentos para poder ver a mi sobrino qué derechos tengo como su tío paterno.
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Marco

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Mi hermana de sangre a fallecido . Tengo permiso?
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Ruben

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Hola se acaba d morir el padre de mi novia nosltros no estamos casados y yo estoy en francia trabajando me perteneceria algun dia?? Muchas gracias de antemano
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Montse

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Buenos días :soy auxiliar de enfermería y tengo un tema que me angustia porque en cualquier momento puede surgir. Mi madre sé junto con un hombre que ha ha ejercido como padre desde que tenía 2 años. Nunca se casaron ni se registraron como pareja de hecho. El tema está que desde hace más de 5 años mi padre (padrastro) casi gravemente enfermo. Rendí reconocida su dependencia al 100%y también que soy su única cuidadora. El caso es comenté con mi departamento de rrhh que a veces me preocupa por si surge algún imprevisto y tenga que tenga que irme corriendo para estar con él. (Algún ingreso imprevisto, defunción...) me han dicho que no, que no tengo ningún derecho. Es eso cierto? Una compañera me ha dicho que sacando un historial de empadronamiento de los dos podría ayudarnos. Es así? Muchas gracias
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OSCAR zapata

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Buenas tengo un hermano hospitalizado el no tiene más familia solo los hermanos tengo derecho a un permiso gracias
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Catlos

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Cuantos días me pertenece por nacimientos de nieto sin estar mi hijo casado mi convenio es metal de Sevilla
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Rebecca

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Hola. El próximo mes de Abril se casan mis suegros, celebrando así su 50 aniversario de boda, resulta que aún siendo domingo, coincide con un festivo de apertura del centro comercial donde está el negocio dónde trabajo. Se que por matrimonio me pertenece el día libre, pero al ser un 50 aniversario no se si se considera matrimonio. Gracias.
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Conchi

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Hola estoy separada legalmente y llevo conviviendo con mi pareja desde hace 12 años su padre ha ingresado ¿me pertenecen días por ingreso?
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Jesus

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Operan a la abuela de mi mujer,me pertenecen dias
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Mercè Gumà Bondia

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Quisiera saber si me corresponden dias por defunción de mi suegra, estando divorciada? Muchas gracias!
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RODOLFO

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saludos cordiales
falleció mi tía abuela que era una Madre novicia religiosa de la iglesia Católica y no tenia familia mas que mi persona, la misma que tuvo que encargarse de los arreglos fúnebres, por esta razón no asistí a mi lugar de trabajo ahora quieren despedirme por ese particular que puedo hacer.
Gracias
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Diana

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Quisiera saber si me pertenecen días por ingreso a mi cuñada para programar cesárea, pero mi hermano y ella no están casados. Gracias un saludo
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Josep

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Hola quisiera saber si tengo permiso retribuido por una operación de mi cuñado que es el marido de la hermana de mi mujer, mi cuñada. Están casados. Muchas gracias.
PD. Mi convenio colectivo es el de piensos compuestos.
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miguel

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Tengo a mi suegro ingresado,le operaron de urgencia el viernes sobre las 10 por un infarto,yo salí del trabajo a las 11am,mi jornada es de 8:00 a 17:00 de lunes a viernes. con sus respectivos descansos,me hacen coger el mismo viernes como día de hospitalizacion y sin haber trabajado tres horas,(que las trabaje) y el lunes,total dos días.es correcto? o tendría que contar desde el lunes?o la empresa me debe tres horas?
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Cristina

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Estoy separada del padre de mis hijas y mi ex suegro ha muerto. Es decir el abuelo de mis hijas ha muerto. Alguien sabe si me pertenece algun dia?
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yaiza

Enviado el

Hola, despues de leerme todo el articulo veo q cuñados es en teoria lo mismo q hermanos por la sentencia, pero en la sentencia solo dice "permisos retribuidos por fallecimiento, accidente o.enfermedad grave", no dice nada de matrimonio. En el convenio colectivo se da el permiso de un dia por matrimonio de padres, hijos o hermanos. Tambien se aplicaria en este caso el permiso al cuñado? (marido de la hermana de quien se casa)
Gracias
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Lucho

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Buenas tardes , a fallecido mi madre hace un mes en Argentina y no puede ir . Avise a la empresa y solo me dieron el pésame, ahora quiero tomarme esos días, puedo pedirlos aunque pasara un mes?
Espero su respuesta ,gracias .
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ALICIA

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Bnos días mi pregunta es respecto a que si mi hermana falleció yo tengo derecho a pedir pasar tiempo con mi sobrina en vacaciones o algo así y si existe la licencia remunerada por el fallecimiento de un sobrino
Gracias
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Gustavo

Enviado el

Tengo a mi tía la hermana de mi madre ingresada y alguien tiene que estar con ella me pertenecen días? Y cuantos? Gracias
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Gustavo

Enviado el

Tengo a mi tía la hermana de mi madre ingresada y alguien tiene que estar con ella me pertenecen días? Y cuantos? Gracias
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Yurena

Enviado el

Soy camarera y quisiera saber si tengo algun dia de permiso x ingreso de un sobrino gracias
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Tania

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Mi bisabuela se esta muriendo me pertenecen dias el dia q muera??
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Tania

Enviado el

Mi bisabuela se esta muriendo me pertenecen dias el dia q muera??
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Luz el enano lata pertuz

Enviado el

Mi hijo se gradua. de bachillerato y solicite permiso para ir a su grado pero me lo negaron quisiera saber si tengo o no derecho
Gracias
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Luz el enano lara pertuz

Enviado el

Mi hijo se gradua. de bachillerato y solicite permiso para ir a su grado pero me lo negaron quisiera saber si tengo o no derecho
Gracias
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Maite

Enviado el

Hola, mi sobrina (por parte de mi marido), se casa en septiembre del año que viene. ¿ Puedo pedir el día libre para asistir al evento?
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Teresa

Enviado el

Si yo llevo con mi pareja 20 años y vivimos juntos, ¿tenemos algún derecho a algo?
Gracias
Él es cartero y yo trabajo en hosteleria de Valencia.
De nuevo, Gracias
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yolanda

Enviado el

Mi pregunta es mi marido acaba de ser abuelo y a mí mi empresa dice que no me puede dar ningún día remunerado para estar con el nieto de mi marido y de mi nuera eso me lo pueden hacer o no.
Gracias
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Jessica

Enviado el

Hola me gustaría saber si le pertenece a mi marido días por ingreso del marido de su suegra están casados y trabaja en la sección del metal, gracias
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suso

Enviado el

Hola soy funcionario por un hijastro me pertenecen igual ayudas por estudios que un hijo.
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Sayuri

Enviado el

Querria saber si a una trabajadora le toca dia de ingreso de su cuñado. Pero éste cuñado es viduo hace años de su hermana y ha rehecho su vida con otra. La trebajadora me pide dia de ingreso todo y que su hermana está fallecida hace años y su cuñado ( a efectos legales pq tiene relacion con otra persona) ya tiene otra. Legalemente le toca si ya no tiene relacion?
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Oscar

Enviado el

Buenas tardes a mi tío político le están poniendo un marcapasos en quirófano.Tengo derecho a algún día en el trabajo?
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sonia

Enviado el

buenos días pertenezco a la rama de auxiliar de enfermería actual mente tengo a cargo mio un hermano por descapacidad soy tutora dictado por un juez.
mi pregunta es yo como tutora de mi hermano tengo días para gestiones o para médicos de mi hermano. gracias por que según en mi trabajo no me pertenece días.
es eso cierto?
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MARGARITA VICTORIA

Enviado el

me han dado dos días por hospitalización de mi suegro y ya los he cogido ,y mi suegro fallece al tercer día ,me corresponden otros dos
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Paula andrea atehortua

Enviado el

Buenos dias tengo 15 dias de vacaciones entro el 11 de enero pero el 29 de diciembre mi hija ingresa al hospital qieda hospitalizada esperando operacion por un tumor en la cabeza el dia 11 trabajo mi hija necesita cuidados pot operaratorios casa ella es menor de edad me dan dias en el trabajp que puedo hacer gracias.
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Leonardo Luis

Enviado el

Mi pareja dió a luz cuántos días de permiso laboral debo tener para cuidarla a mi pareja porque le hicieron sesaria
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Gustavo velasquez

Enviado el

Hola buenas noches tengo una duda acaba de fallecer mi exsuegro tengo una buena relacion conmi exmujer y tenemos una hija hay posiblilidades de q den permiso por calamidad familiar ya q se trata del abuelo de mi hija y si hay remuneracion al respecto
Gracias
Responder

Gustavo velasquez

Enviado el

Hola buenas noches tengo una duda acaba de fallecer mi exsuegro tengo una buena relacion conmi exmujer y tenemos una hija hay posiblilidades de q den permiso por calamidad familiar ya q se trata del abuelo de mi hija y si hay remuneracion al respecto
Gracias
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Edgar romero

Enviado el

Mi hijo es mayor de edad y lo van a operar pero no lo hospitalizan, pero lo mandan a tener reposo ya que es de ligamentos cruzados, la empresa me dice que me da permiso NO remunerado. Luego no tengo permiso por calamidad o que permiso tengo remunerado
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Edgar romero

Enviado el

Mi hijo es mayor de edad y lo van a operar pero no lo hospitalizan, pero lo mandan a tener reposo ya que es de ligamentos cruzados, la empresa me dice que me da permiso NO remunerado. Luego no tengo permiso por calamidad o que permiso tengo remunerado
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Isabel

Enviado el

Hola trabajo en un bar los fines de semana. Me pertenecería ir a la boda de plata de la hermana de mi marido?
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Gabriela

Enviado el

Hola. Estoy separada, tenemos una hija en común. En octubre opera a MY ex marido de catarata, siempre hemos estado comunicado y ayudándonos. Cuando lo opera tengo que estar con el. Me pertenece algún día de permiso.? Gracias
Responder

ELENA

Enviado el

Mi pregunta es la siguiente, estando de baja si coincide que ingresan a mi cuñado. Yo puedo llamar a mi empresa y decir que esos 2 días no me descuenten nada.
Responder

Deicy paola Barrera Ochoa

Enviado el

Buenas tardes espero estén bn pregunta es mi suegro murió pero no soy casada con mi pareja vivo en unión libre y en mi empresa me están pidiendo el registro de matrimonio que puedo hacer en ese caso gracias
Responder

Cristina

Enviado el

Hola!! Ha mi padrastro lo han operado y esta ingresado,mi empresa me dice que solo me corresponden 2 dias. Quisiera saber si por convenio de limpieza de catalunya me corresponden mas.
(Mi madre y padrastro estan casados)
Gracias
Responder

SANDRA MILENA CARDENAS BOADA

Enviado el

BUENOS DIAS MI HERMANA ESTA EN EMBARAZO Y ES DE ALTO RIESGO LA INGRESAN MAÑANA 14 DE MARZO PARA LA CIRUGIA POR Q LA BEBE ES PREMATURA Y NECESITA LA ATENCION DE NEONATOS YO TRABAJO EN UNA ESE DEPRIMER NIVEL SOY LA REGENTE DE FARMACIA NECESITO UN PERMISO ESTE ES REMUNERADO O SERA DESCONTADO Y ACUANTOS DIAS TENGO DERECHO SEGUN ESTO CON CULA ARTICULO O DECRETO PUEDO SOLICITAR EL PERMISO PARA Q ESTE NO SEA NEGADO GRACIAS

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