Un trabajador que se halla en situación de incapacidad temporal tiene que recibir, tarde o temprano, el alta médica para incorporarse a la empresa donde presta sus servicios laborales. Pero, una vez le ha llegado esa notificación, debe hacerlo de manera inmediata salvo que no esté de acuerdo y pretenda recurrirla.
El problema del alta médica y su notificación
Sin embargo, ha venido ocurriendo que entre el momento en que el Instituto Nacional de la Seguridad Social emitía esa alta y la fecha en que la comunicación llegaba al interesado transcurrían varios días, a veces semanas.
Esta circunstancia suponía un problema tanto para el trabajador como para la empresa donde prestaba sus servicios. Para el primero porque su reincorporación al puesto de trabajo se producía con retraso incurriendo así en falta de asistencia al mismo. Bien es cierto que podía justificar esa ausencia fácilmente, ya que no había recibido la correspondiente notificación y tenía derecho a reclamar el pago de esos días.
Pero justamente ahí comenzaba el problema para la empresa, ya que asumía de buena fe el abono de esos días al trabajador aunque no hubiera ocupado su puesto. Hay que tener en cuenta que la mutua suspendía el pago de la prestación desde el momento de la fecha de alta médica. Por tanto, o la empresa para la que trabajaba le pagaba esos días, o el empleado no los cobraba.
Un ejemplo clarificador
Para entender toda esa situación, lo mejor es recurrir a un ejemplo. Pongamos un trabajador que ha estado de baja todo el año natural. Trascurridos los 365 días, el Instituto Nacional de la Seguridad Social tenía varias opciones en función de las circunstancias del citado trabajador.
Podía iniciar un expediente de incapacidad permanente. También tenía la posibilidad de prorrogar esa situación de baja por otros 180 días. Y, finalmente, podía llegar a la situación que nos ocupa. Es decir, emitir el alta del trabajador si lo consideraba curado o, simplemente, este no había asistido a los reconocimientos médicos programados sin justificación alguna.
En este último caso, el INSS daba de alta al trabajador y procedía a notificárselo. Por tanto y teniendo en cuenta las fechas que citábamos, esa alta se produciría el 1 de enero al haberse cumplido los 365 días y, desde ese mismo momento, la mutua dejaría de pagar el subsidio al trabajador. Pero la notificación llegaría a este, por ejemplo, el día 7. Lógicamente, el empleado haría oficial su reincorporación el 8 de enero.
Entonces, ¿perdía el salario de esos días? La respuesta es que no. Era la empresa la que pagaba directamente al trabajador ese dinero sin necesidad de que este lo pidiese.
Modificación introducida por la LPGE/2017
Sin embargo, esta situación bordeaba la incoherencia, ya que era (y es) la mutua la que debe pagar los días en que el empleado está de baja y este no podía saber que ya había sido dado de alta hasta recibir notificación escrita. Para clarificar un poco todo este problema, en los Presupuestos Generales del Estado de 2017 se daba una nueva redacción al artículo 170 de la Ley General de la Seguridad Social que trata el tema de las competencias en caso de incapacidad temporal.
Así, el citado artículo ha quedado más claro al respecto. En caso de que el Instituto Nacional de la Seguridad Social emita una resolución donde se da el alta a un trabajador en situación de incapacidad temporal, es la mutua colaboradora del citado organismo la responsable de abonarle los días que pasen entre la fecha del alta y la recepción de la notificación correspondiente al interesado para su reincorporación.
Es decir, que las empresas ya no están obligadas a abonar esos días en que el trabajador no asiste a su puesto por no haber recibido comunicación de su alta. Esa responsabilidad queda ahora definitivamente en manos de las mutuas que colaboran con la Seguridad Social en estos casos.
Una solución que genera nuevos problemas
La nueva redacción del artículo 170 de la Ley General de la Seguridad Social arroja luz a esta peculiar situación. Sin embargo, la solución que brinda tampoco esta exenta de problemas, algunos inexistentes hasta entonces. El primero es que el trabajador tiene que solicitar ese pago a la mutua con todo el papeleo que ello conlleva.
Siguiendo con el ejemplo anterior, el trabajador ya no cobra automáticamente de la empresa, sino que tiene que presentar reclamación a la mutua para que le abone esos días transcurridos hasta su reincorporación. Y, al hacerlo, a buen seguro que le pedirán una gran cantidad de papeles.
Por ello, el Instituto Nacional de la Seguridad Social ha decidido aplicar las nuevas tecnologías para solucionar todo este asunto. Ahora envía notificación por SMS al trabajador en el momento en que es dado de alta. De esa forma, este puede incorporarse inmediatamente a su empresa y no pierde días de trabajo. En definitiva, la notificación escrita pierde importancia. Pero ¿qué ocurre en caso de disconformidad con el alta médica?
Plazo para reclamar por disconformidad con el alta médica
La verdad es que el problema que nos ocupa parece estar sumido en un auténtico bucle. Porque la solución aportada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social resuelve la cuestión de esos días transcurridos entre la fecha de alta y la de notificación. Unas fechas que el trabajador siempre tiene derecho a cobrar.
Sin embargo, tal solución, a su vez, viene a plantear otras dudas respecto a la gestión de la incapacidad temporal.
Así, un problema sobrevenido es el de la reclamación en caso de no estar de acuerdo con el alta. Hasta ahora había cuatro días naturales para presentar alegaciones contra la resolución del INSS y ello no ha cambiado. Pero ¿desde cuándo empiezan a computar esos días?
En el ejemplo anterior, el trabajador recibiría la alta vía sms el 1 de enero, pero la notificación escrita de la misma tardaría en llegar 7 días. Realmente, si esperase a recibir esta última, habría superado el plazo para poder recurrir. Por ello, debe poder hacerlo en el mismo momento en que reciba el aviso en su teléfono móvil.
Para ello, el propio INSS ha dispuesto en su página web un modelo denominado “Manifestación de disconformidad con alta médica” donde el interesado tiene que mostrar los argumentos de su discrepancia. Pero, al mismo tiempo, debe comunicar tanto a su empresa como a la mutua que le venía pagando el subsidio el desacuerdo con la resolución del INSS. Para hacerlo, basta con que les envíe copia del citado modelo.
¿Qué ocurre con el subsidio durante esa reclamación?
Otra cuestión importante que el trabajador debe saber es qué sucede con su salario mientras cursa su reclamación. La inspección médica tiene un plazo de 7 días como máximo para responder al recurso interpuesto por aquel. Transcurrido ese tiempo, debe contestarle, ya sea a su favor, ya ratificando lo decidido por el INSS. En el primero de los casos, el trabajador continuará de baja, mientras que en el segundo no. Pero, en cualquiera de ambos casos la citada baja se considera prorrogada hasta la fecha de esta última resolución. Dicho con otras palabras, el interesado tiene derecho a cobrar subsidio por los días que pasen hasta que se solucione su caso.
Además, si la resolución de la inspección médica confirma el alta y el trabajador no está de acuerdo, tiene la posibilidad de acudir a los tribunales. Concretamente, puede impugnar judicialmente ese alta con arreglo a lo marcado por los artículos 70 y 140 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social o Ley 36/2011 de 10 de octubre. Esa demanda de impugnación, además, debe interponerse dentro de los 20 días siguientes a la resolución de alta.
En este caso, el trabajador no percibirá el subsidio derivado de su situación de baja en las fechas comprendidas entre la de la citada resolución por la que se le da de alta y la de la decisión relativa a la mencionada impugnación judicial. No obstante, si esta última resultase a su favor, podría cobrarlo con carácter retroactivo.
En conclusión, el alta médica tras incapacidad temporal planteaba problemas para el trabajador y la empresa debidos a un desfase de fechas. Este se producía entre el día del alta y el de recepción de la notificación de la misma por parte del interesado.
Esos días transcurridos entre uno y otro generalmente eran pagados por la propia empresa. Sin embargo, en los Presupuesto Generales del Estado de 2017 se rehizo el artículo 170 de la Ley General de la Seguridad Social aclarando que era la mutua colaboradora la obligada a pagar esos días.
Por tanto, el trabajador tenía derecho a reclamar ese dinero a la citada mutua. No obstante, y para evitar gestiones al interesado, el Instituto Nacional de la Seguridad Social resolvió enviar comunicación de la alta vía SMS. De esta forma, se elimina ese desfase temporal de unos días pues el trabajador recibe el alta médica en el mismo momento en que se produce y puede incorporarse a su puesto inmediatamente.
Comentarios (204)
Gloroa
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Jaime
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Vicente
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Ángela
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José angel
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Celia García
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el médico de cabecera me ha dicho que paso a control del INSS, pero nadie se ha puesto en contacto conmigo después de casi un mes para que vaya a revisión. ¿Que tengo que hacer si veo que me encuentro mejor y quiero que me den el alta para volver a trabajar?. Gracias
adita
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María
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Me tengo que reincorporar? sigo cobrando durante el tiempo que transcurra mientras espero a que me citen para esa inspección pese a haber agotado los 365 días de baja?
adita
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María
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Ay! Muchísimas gracias! Claro que ayuda y aclara tu mensaje! al menos me calma un poco la ansiedad del no saber qué paso es el siguiente :)
Te deseo toda la suerte del mundo y que todo te salga bien.
Un abrazo
mary
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adita
Enviado el
Ana
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A fecha de hoy no he recibido nada y segun la inspectora me llegaría para incorporarme el día 1. Me gustaría saber como proceder si no recibo notificación alguna de alta para incorporarme.
Lucía
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mari cruz rodriguez
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raquel
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Paloma Muñoz Navas
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Creo q incluso ahora podría pedirla, ya que tengo concedidas vacaciones de 2019 del 29/7 al 13/8 y me deben 17 dias que irían a continuación. Mi pregunta es que si la pido, cuantos días tardarán en verme el médico para darme el alta voluntaria? Estoy en Madrid. Gracias
marta
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Si alguien sabe como va el tema de solicitar el alta al INSS en la Comunidad de Madrid por una IT de más de 365 días le agradeceríamos mucho nos ayudara.
Alguien nos podría decir:
cómo,
a quién,
cuánto tardó en ser efectiva
y qué se tiene que presentar para solicitar el alta voluntaria?
Gracias
Laura
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Verónica
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Muchas gracias
Rsyer
Enviado el
marta
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Alguien nos podría decir:
cómo,
a quién,
cuánto tardó en ser efectiva
y qué se tiene que presentar para esa alta voluntaria?
Gracias
Laura
Enviado el
Son muy rápidos
manu moreno sosa
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Marypaz
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DAVID
Enviado el
David
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El día 15 de julio fui. citado a pasar tribunal médico tras cumplir un año de baja por motivos psicológicos.
Dos días después recibo SMS del INSS. Notificándose me que dicho tribunal ha emitido sentencia(no dice cuál) y que me será notificada próximamente.
Ante la falta de noticias, el día 23 decido pasarme por una oficina del INSS para que se me facilite copia de dicha sentencia, la recibo y veo que se me ha dado el alta médica, con la que por cierto no estoy de acuerdo.
Seguidamente acudo a la mutua para ponérselo en conocimiento y solicitar el abono de los días transcurridos.
Después acudo a mi centro de trabajo a comunicarlo y para que me digan cuando debo reincorporarme.
Me dicen que por motivos de carga de trabajo prefieren que disfrute de los días de vacaciones del 2018, de los que no había disfrutado ninguno y que me incorpore el 23 de agosto.
Hoy les pido vía mail la confirmación de dicha fecha y me comunican que me tenía que haber incorporado el día 16.
La pregunta es. En este caso, qué día cuenta. el día en que yo supuestamente recibo el alta o el día en que recibo notificación de dicha sentencia?
Gracias.
Juana
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María
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Gracias
jose manuel
Enviado el
Manuel
Enviado el
Manuela
Enviado el
PACO
Enviado el
Marco
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Eva
Enviado el
Alejandro
Enviado el
Alejandro
Enviado el
Alguien tiene experiencia por una depresión que le den el alta y haya conseguido por vía judicial la incapacidad?muchas gracias
Reme
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elena
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lola
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Clara
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Me tiene agobiada y estoy tomando bastante medicación la cual me dicen que no puedo conducir . No to que no voy a mejor que debo hacer ya que solo tengo 4 días para presentar papeles a caiis y no entiendo nada de esto
Pero la realidad que no puedo conducir se me queda la mente en blanco y me quedo dormida en cualquier sitio y si no me vienen depresiones muy fuertes que debo de hacer para que me concedan 6 meses mas
Roberto
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Tere
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Estefanía
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Consuelo ferrer
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Carmen
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toni
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María
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Evelin
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Yo llevo de baja desde el día 8 de marzo del 2018 tengo una enfermedad crónica degenerativa. Desde el año 2008 no he vuelto a pasar por tribunal .
En mi caso voy con muleta, perdida de visión, casi sin movilidad en los brazos.
Todo esto está adjuntado y clasificado en los informes .
El día 13 de noviembre 2019 he ido a cambiar unos datos de la cuenta y me comentaron que el expediente estaba aún en trámite .
En la empresa le ha llegado hoy dia 18 de noviembre con que me tengo que incorporar al trabajo pero a mi no me ha llegado nada . Aparte de que no puedo casi ni moverme . Que actuaciones hay que tramitar después de casi 2 años de baja por una enfermedad.
Esteban
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Gemma
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Francisco
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Óscar
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Isabel Chavarria
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Recibi el 27 de Novimebre resolucion del inss de no incapacidad con lo cual entregue al dia siguiente la resolucion en mi lugar de trabajo, Servicio Andaluz de Salud, SAS. La resokucion esta fechada el dia 14-11 y en personal del hospital donde trabajo me dicen que las 2 semanas que ha tardado en llegar la carta certificada a mi domicilio, tengo que responder con mis dias de asuntos propios, vacaiones, etc . No he recibido ningun resultado de resolucion por sms ni por ningun medio, los trabajadores publicos del sas no tenemos ninguna mutua a la que reclamar dichos dias. Como tengo,que proceder? Me parece absolutamente incomprensible que el trabajador tenga que asumir con sus dias esa demora. Gracias!Un cordial saludo
luis
Enviado el
Silvia
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No estoy en condiciones de incorporarme yo sólo quería que me hicieran pruebas. Según el traumatologo es muscular (trabajo de mozo de almacén en descarga) y manipulación de alimentos en una cámara de frío solo quería un informe donde dijera que me cambiaran de puesto de trabajo. Tengo experiencia en otros sectores y trabajo para una subcontrata.
Miedo me da el día que me incorpore porque mi curpo no esta al 100%. Actualmente estoy de vacaciones y me incorporo en pocos días.
No se que hacer, que me aconsejáis??
Pablo
Enviado el
En fin, que pierdo dinero, pues tengo que devolver más de lo que la mutua me da.
Yo entiendo que no debería cobrar dos veces pero ¿porque la empresa si?
Yo he trabajado estos cinco meses, aun estando mal de salud como dice la sentencia y resulta que salgo perjudicado, no cobro la paga extra que ya tenía casi entera generada, tengo que devolver un salario que me he ganado trabajando porque así me obligaron, y el único beneficiado es la empresa que además de cobrar por mis servicios (ya que trabajo en una contrata) ahora vuelve a cobrar, esta vez de mi, un dinero extra, caído del cielo.
Me parece injusto e incluso subrealista. No solo no se me indemniza sino que además aún ganando un juicio me veo perjudicado.
¿Que puedo hacer?
Mónica
Enviado el
Elena
Enviado el
Patricia
Enviado el
Marisa
Enviado el
Jose
Enviado el
Debora
Enviado el
Fahd
Enviado el
Y ahora sigo de baja cobrando por la mutua Y me llega ahora un mensaje por mobil del seg-social que tengo dia y hora para el ICAM
Alguien me. Aconseja de algo
Un saludo
Sofía
Enviado el
An
Enviado el
Fernando
Enviado el
La inspección me puede volver a dar la baja ?
Gracias por la ayuda
Joni
Enviado el
paloma aguilar roca
Enviado el
Mikel
Enviado el
Si alguien nos puede aclarar si es normal que tarden tanto o lo que hay que hacer???????
Sara
Enviado el
El día 14 de febrero pase por una oficina por el inss para preguntar y me dijeron que me allí aparecía de alta desde el 23 de Enero. Pero que me tienen que enviar una carta .
Yo lo único que se es que estamos a día 18 de febrero, no estoy facturando , tengo que pagar autónomo y no me han contestado, nada de la prórroga de la baja. Es normal? Necesito una respuesta ya ? En la mutua estoy de alta. Gracias
Edith
Enviado el
Flor
Enviado el
Mikel
Enviado el
Si alguien nos puede aclarar si es normal que tarden tanto o lo que hay que hacer???????
Marina
Enviado el
He Estado de baja justo 6 meses. La mutua ha hecho arte de magia y ha conseguido que UMVI me de el alta sin haberme concertado ni una inspeccion y contra el criterio de psquiatra y el médico de cabecera ( voy a obviar sus comentarios) me obligan a ir a trabajar. Es la primera vez que he Estado de baja. El mensaje recibido que me notifica mi alta, es de un número moví y dice lo siguiente:
UMVI valora la documentación presentada por su mutua, estando conforme, se emite el alta día tal debiendo recogerla en su médico en 2 días
Este mes es real y legal? Lo veo muy cutre, si hacer referencia a la seguridad social y mucho menos haciendo referencia con mís datos personales.
El alta me la tiene que dar mi médico?
Me tengo que incorporar de inmediato?
Tengo que esperar a recibir notificación?
Mikel
Enviado el
no se si por la situación actual o que pero veo muy pocas respuestas , casi ninguna. yo no pierdo mas el tiempo aquí
Carlos
Enviado el
Llevo de baja por hernia discal un año , a principios de este mes, mi medica de cabecera me dijo que ya no podia darme mas partes de baja, que dependia del Inss, sigo mal y me gustaria saber cuando tendre noticias de ellos , por ahora no he recibido nada.
Me gustaria saber si me llaman o puede ser que no o no se. Imagino que con esto del coronavirus esta todo un poco liado.
Cuanto pueden tardar en llamarme , para saber si veo que no tengo noticias de ellos , como actuar.
Gracias y saludos.
Adelina
Enviado el
Adelina
Enviado el
vicent zamorano
Enviado el
felipe
Enviado el
jose
Enviado el
Benjamín
Enviado el
maite
Enviado el
Juan Carlos
Enviado el
Martin
Enviado el
Francisco
Enviado el
Vanessa de Opazo
Enviado el
Me pongo en contacto con ustedes ya que he estado un año de baja y pasé el tribunal médico para solicitar la prórroga de 180 días.
El día 9-4-2020 me llega la resolución no concediendo me la prorroga y al día siguiente presento la manifestación de disconformidad. Tanto en el Inss como en la mutua me dicen que cuando llegue la resolución, si me niegan la prórroga tengo derecho a percibir un pago por 11 días que es el periodo que consideran dura el trámite.
A los 5 días se declaró el estado de emergencia por el coronavirus y no he recibido resolución alguna. He llamado al Inss y me han dicho que hasta que no pase el estado de emergencia y reciba la resolución no se puede hacer nada pero que en lugar de pagarme los 11 días, por este retraso, me siguen pagando y podré cobrar desde el 10-04-2020 hasta el día que reciba la resolución ya que está todo paralizado.
Esto es verdad o llegado el momento no lo harán?
Muchas gracias.
Librada Santana viera
Enviado el
Librada Santana viera
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Manuel
Enviado el
JESUS MANUEL NAVARRETE
Enviado el
JESUS MANUEL NAVARRETE
Enviado el
Diego
Enviado el
Vanessa
Enviado el
He estado de baja 365 días y tuve que pasar un tribunal médico para ver si me concedían la prórroga de los 180 días. El día 6-03-2020 recibo un sms diciéndome que hay resolución y me acerco ese mismo día al INSS para que me den todos los papeles. El día 10, como no estoy de acuerdo con la resolución, interpongo la manifestación de disconformidad con el alta médica. El INSS lo gestiona y me dice que en 10 días me pase por allí que ya tendré resolución y que además me corresponden 11 días que me pagarán por poner la disconformidad.
Con todos los papeles me presento en la mutua para que me paguen desde el día que acabó el plazo de los 365 días de baja hasta el día en que sale la resolución que me abonan sin ningún problema.
Hoy, día 13 de Mayo por motivos del coronavirus no he recibido resolución alguna de ningún sitio, presencialmente no puedo ir porque está cerrado y telefónicamente nadie me lo coge.
Mi pregunta es la siguiente: Toda esta demora me la tendrán que abonar, o solo me pagarán los 11 días estipulados?
Muchas gracias. Espero sus noticias,
Atte,
Vanessa de Opazo
Amparo
Enviado el
Gracias.
Diego
Enviado el
Aroa Garcia Lobo
Enviado el
dia 1 de mayo, no me decia de tener q llevar nada pero es q no he cobrado, tendria q haber presentado algo??
Yaima Paneque Pedraza
Enviado el
Gracias.
Sarahi
Enviado el
Martin
Enviado el
Esperanza
Enviado el
Felix Fernández
Enviado el
Recibí un SMS DEL INSS EL DIA 8 Y NO CONSIGO VERLO, con el tema de las ayudas que se están dando, covi y oficinas cerradas.
Recurrí a la Mutua y hoy día 19 me dicen que me han dado El Alta.
QUE PROBLEMAS TENGO?? NO ME HA LLEGADO NINGUNA CARTA CERTIFICADA.
GRACIAS POR VUESTRA PÁGINA
Ecaterina
Enviado el
Estoy en la lista de espera desde 30/05/2019 del Hospital Universitario Reina Sofia de Cordoba para una cirugia de Histerectomia total.
Estoy en IT desde el 27 de Febrero 2020.
Estoy citada a la Inspeccion Medica de Cordoba el dia 09/07/2020.
¿La Inspeccion Medica me puede dar el alta sin haber sido operada aun?.
Gracias antemano.
Un saludo!
Clara
Enviado el
Javier
Enviado el
Llevo de baja un año y estoy esperando supuestamente resolución del inss, yo mande los informes el 25/06. Hoy día 8/07 he ido a la mutua de la empresa para revisión y me enterado por ellos que me han dado de alta el 30/06. No me ha llegado notificación alguna del inss. Desde el alta hasta mi incorporación al trabajo que pasa con ese tiempo, puedo tener algún problema con la empresa? Quien me paga esos días? O la empresa me puede hacer devolver ese dinero o esas horas no trabajadas? No tengo notificación del inss como que estoy dado de alta ni me llego mensaje tampoco a mi mvl. Gracias
ROSA
Enviado el
Alicis
Enviado el
Alicis
Enviado el
Maria
Enviado el
Yolanda
Enviado el
JUAN MANUEL
Enviado el
Paula
Enviado el
Cristina
Enviado el
Capicua
Enviado el
Llevo más de 365 días de baja, he pasado al inss, y el 21 de julio 2020 me llego sms al móvil que el inss había emitido resolucion con esta fecha que me llegaría por correo. A día 19 de agosto no he recibido notificación alguna. Pueden darme el alta sin recibir la resolución por correo??
A mi buzón no me has llegado nada aunque he preguntado y dicen que tardan entre 7 a 10 días.
Capicua
Enviado el
Llevo más de 365 días de baja, he pasado al inss, y el 21 de julio 2020 me llego sms al móvil que el inss había emitido resolucion con esta fecha que me llegaría por correo. A día 19 de agosto no he recibido notificación alguna. Pueden darme el alta sin recibir la resolución por correo??
A mi buzón no me has llegado nada aunque he preguntado y dicen que tardan entre 7 a 10 días.
Jose
Enviado el
Pedro
Enviado el
JOSE MIGUEL
Enviado el
Me pueden decir como tengo que actuar. Gracias.
JOSE MIGUEL
Enviado el
Lo de Hemostasis criptogenica es lo que un medico me dijo, porque aun no saben lo que tengo y me siguen haciendo pruebas. Y me dan el alta medica, sangrando por la boca y cada vez siendo mas veces las que me pasa al día, durante todos los días y así llevo un año y medio, llegando a estar ingresado por ello. Increible.
Gracias pero su ayuda me es importante, para saber como proceder. Lógicamente no estoy deacuerdo con el Alta médica.
Mara
Enviado el
Hoy he ido a revisión a pedir el alta voluntaria y me ha dicho que seguramente me la den aunque tiene que consensuarlo con los demás.
Cuando tendré respuesta?
Gracias
Angela
Enviado el
¿es esto normal? Mi cabeza no esta al 100% pero si sigo en casa voy a empeorar y ya parece que por fin voy a mejor, no entiendo nada.....
Abraham
Enviado el
Resluta que la última carta que tengo del INSS es diciéndome que desde el 5 de mayo me pueden citar a día de hoy aún nada de nada, pero lo más preocupante es que me meto en el portal del INSS para ver mi pensión y me encuentro que ya no aparece que en su lugar hay para descargar un certificado negativo de no pensionista, este mes cobre la pensión y 4 días después cobre otra vez la pensión pero la mitad de lo que me dan normalmente. No he recibido ningún SMS y ninguna carta y no se que va a pasar conmigo, llame a mi antiguo trabajo y ellos no han recibido nada. Nadie del INSS coje el tlf, no Dan citas....
Es una auténtica vergüenza lo que están haciendo.
Enrique
Enviado el
Arantxa
Enviado el
mry
Enviado el
Pablo
Enviado el
Africa
Enviado el
Laura
Enviado el
Alfonso
Enviado el
Gracias.
Lidia
Enviado el
Llevo 775 días sin trabajar a causa de un cáncer. Fui a inspección médica el 19/08 un poco antes de los dos años y me dijo que me concedería una incapacidad permanente. A fecha de hoy ni mi empresa ni yo hemos recibido la carta ni el sms con la incapacidad permanente ni el alta.El INSS no sabe nada. A partir del 23/ 08 no recibo prestación ninguna ni por incapacidad temporal ( baja ) ni incapacidad permanente. Mi empresa sin el alta con restrinciones no me acepta. Sé que tienen 135 días para responder,pero me han de seguir pagando hasta la resolución? Llegó 2 meses sin ingresos estoy desesperada,que hago? Gracias
Cristina vidal
Enviado el
Mi pregunta es la siguiente
Estoy esperando cita con el tribunal ya q stoy en prorroga de 6 meses x el tribunal x agotar los 365 dias
El alta me la puede dar el especialista? (Traumatologo) o el alta la tiene q emitir el INSS?
Gracias
Maria jose
Enviado el
Me encuentro perdida, es la mutua tb en este caso la que se hace cargo?
Muchas gracias.
Un saludo
Ana
Enviado el
Juani
Enviado el
Alberr
Enviado el
Juani
Enviado el
Mikel
Enviado el
Monica
Enviado el
¿ Quien me va a pagar todos estos días desde el 30/10 hasta que la mutua reciba la confirmación del INSS? se supone que estoy en ERTE, pero en el sepe no aparezco dada de alta e imagino que es porque aun aparezco como baja medica. Todo es un despropósito, y yo sigo sin recibir ni un euro y mi situación laboral esta en el aire. La mutua me ha dicho que les suele tardar en llegar a ellos la notificación UN MES!!
Ana
Enviado el
Horak Tascón
Enviado el
Pablo
Enviado el
Tras 18 meses de Incapacidad Temporal, el INSS inició un expediente de Incapacidad Permanente
Con fecha 22/10/2020, se emitió Resolución denegando dicha Incapacidad Permanente, recibí la Notificación unos días después, y me reincorporé a mi trabajo el día 04/11/2020
He reclamado a la mutua el pago de esos días, y me dicen que solo me corresponde cobrar hasta el día 22/10/2020 por tratarse de una Resolución Denegatoria, y un Alta Definitiva
Es eso correcto? Como puedo reclamar el pago a la mutua?
Gracias
Alfonso
Enviado el
Carmen Liceras Langreo
Enviado el
GABRIEL
Enviado el
CONSULTA
Por agotamiento de los 365 días de baja, la persona percibe la prestación, no hasta la fecha de la resolución, sino, hasta la *notificación al interesado* (Articulo 170.2 de la LGSS)
Sin embargo, Articulo 174, define el proceso sobre los 545 días, pero ese detalle de *hasta donde percibe prestación* no dice nada solo dice que:
*En los supuestos a los que se refiere el párrafo anterior, los efectos de la prestación económica de incapacidad permanente coincidirán con la fecha de la resolución de la entidad gestora*
*LA CONSULTA*
La consulta me surge porque una empresa le dice al empleado con *545 días* que como sabe que le han dado alta, le está absorbiendo las vacaciones, pero el empleado no ha recibido carta del INSS.
Por ello, la duda es si al igual que en ello supuesto de *365 días*, también tendría derecho a prestación *hasta la notificación al interesado*
*Con 365 dias, veo el redactado claro en LGSS
*Con 545 días, no encuentro ese redactado en LGSS
Gracias
Knunez
Enviado el
Veronica
Enviado el
Yo estuve de baja 2 años, me dijeron en el INSS que me llamarian para un reconocimiento, pero no me llamaron!
Recibí un sms de la Mutua un 28/10diciendo que esta en situación de alta medica con fecha 7/10 llamo y me dicen que ahora hacen las cosas a si!
Se lo comento a mi jefe y le digo q voy a trabajar!!! Claro!!!
Me dice q el hasta q no llegue una notificación nada de nada!
Voy al INSS Y me facilitaron el alta se la envío a mi jefe y un lio con el!
En fin los días desde el alta hasta q me entero x el sms quien me los paga!
Mi jefe dice q no y la mutua q eso se queda en un limbo, ahora me viene un email de la mutua q les tengo q devolver dinero!
Pues no se q dinero les voy a dar si estoy en erte y no he visto ningún pago hasta ahora.
Diego
Enviado el
VICTOR MANUEL GARCIA
Enviado el
Quién tiene que darme el parte de baja, laMutua o el médico de cabecera. Gracias
Pilar
Enviado el
Paz Mateo
Enviado el
a trabajar.¿ Ese tiempo entre el alta y la incorporación quien lo paga? No quiero que me quiten días de vacaciones. ¿A dónde debo dirigirme para pedir ese dinero en caso de que no me lo abonen? Tengo que incorporarme el día que llegue la carta certificada por la tarde(que es mi turno)o al día siguiente?. Estoy un poco agobiada porque ha habido ya varios malentendidos en mi proceso.Gracias. Un saludo.
Susana
Enviado el
Me llamo Susana, el día 23 de enero ha hecho un año de que me operaron por tercera vez de varices.
Mi médica de cabecera me comentó que pasaba al inss, a día de hoy aún no se han puesto en contacto conmigo, me gustaría saber si me tienen que notificar de alguna manera mi situación y si me encontrará mejor como podría pedir el alta en el inss.
Muchas gracias.
Un saludo.
Maria T
Enviado el
JOSE ANTONIO M
Enviado el
Antonio
Enviado el
Javier
Enviado el
Julio
Enviado el
Me ha llamado mi empresa de que les han comunicado mi alta con fecha 10/5 pero, sin embargo, yo aún no he recibido ni SMS ni la notificación. Cuándo debo mostrar la disconformidad? Desde el alta o desde que reciba el SMS (si es que lo recibo) o la notificación?
Gracias de antemano
Ana
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Luis
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El pasado 3 Octubre de 2020, sufrí un infarto agudo de miocardio, y desde esa fecha he estado de baja laboral. Actualmente a más de los exámenes y pruebas necesarias que son solicitadas por los especialistas, me medico contra la ansiedad y estoy siendo tratado por un Psicólogo. El pasado día 18 de mayo de 2021, recibí el parte de confirmación de baja por parte de mi médico de cabecera con vencimiento 22 de junio de 2021, y con fecha de ayer, 27 de mayo de 2021, recibí un SMS por parte de ICAM en el que se me comunica el alta laboral. El mencionado estamento nunca me ha citado para realizar ningún tipo de prueba ni exploración, ni documentación del tratamiento que estoy recibiendo actualmente.
Puedo hacer algo al NO estar conforme con la decisión tomada por el ICAM?
Gracias
Isabel
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Isabel
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José Ängel
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El día 13/04/2021 según la Mutua el INSS notifica la no aceptación de una Incapacidad Permanente. El certificado de la resolución vía correo se recibe el día 19/04/2021. El día 20/04/2021 me incorporo a trabajar en mi Empresa.
No se recibe SMS por parte del INSS. La Mutua me abona las prestaciones correspondientes desde el día 1/04/2021 al 13/04/2021. Pero no se hace cargo del resto de días hasta el 19/04/2021.
Por favor, me pueden indicar como y a quien puedo reclamar las prestaciones de estos días.
Gracias.
Cristina
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Cristina
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Maria Pilar
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JAVI C.
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Cristobal
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Maria
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Hoy he recibido la carta de la seg.social(31/8/21) pero la empresa me llamo la semana pasada y me dijo que ellos tenian el Alta desde el dia 20/8/21, voy a recurrir el Alta porque considero que no estoy apta para trabajar.
Duda: Cuantos días y como tengo que reclamar el pago de esos once dias, más lo que voy a estar de baja y sin cobrar mientras espero respuesta con lo de la resolución???
La empresa me a dicho que no vaya a trabajar...
GRACIAS
Ana
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Teresa
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Tengo una duda .e recibido por.mns el alta y la enpresa me dice q
Un tengo que esperar la carta de notificación y que homoengo vacaciones acuiladas de no me preocupe que me tenga normal.no entiendo nada.esasin
Mucas gracias saludos.
Teresa
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Ana
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DAVID
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isma
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Gracias por la ayuda de antemano
Sergio
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Sergio
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Belen
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Ines
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Sara
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Me dieron de baja el 10 de enero al ser positiva de covid y el alta el 17 de enero .cuando me tengo que incorporar el médico me dijo que el 17 mismo .
Pero algunos me dicen que el 18 .
Noemí
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andrea
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Clara
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Juan Carlos
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Estando en pandemia se me agotó mi prestación por desempleo.El día 1 de Julio de 2021 comencé en un nuevo trabajo con un contrato de tres meses.El 4 de septiembre tuve que coger la baja por un accidente laboral al cargar con unas cajas y al finalizar mi contrato el 30 de septiembre no me renovaron al seguir de baja,la mutua me estuvo atendiendo y abonando mi sueldo hasta el día 13 de octubre qué me dió el alta,desde ese mismo día sigo de baja por la seguridad social,tras recurrir el alta judicialmente el juez desestima la demanda porque entiende que el episodio agudo se solventó con el tiempo que estuve atendiendo por la mutua y lo que me ocurre en la espalda es algo congénito y degenerativo que tiene que ser tratado por la seguridad social,al estar en la seguridad social en situación de asimilado al alta " A.S. SUBSID.P.DIREC.EEGG/MUT./EMPR.COLAB" desde dicho día 13 de octubre mis dudas son si debería cobrar algúna prestación o subsidio por incapacidad temporal al no tener derecho a paro y si de ser así debería ser con carácter retroactivo desde dicho día 13 de Octubre.
Muchas gracias.
Juan Carlos
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Estando en pandemia se me agotó mi prestación por desempleo.El día 1 de Julio de 2021 comencé en un nuevo trabajo con un contrato de tres meses.El 4 de septiembre tuve que coger la baja por un accidente laboral al cargar con unas cajas y al finalizar mi contrato el 30 de septiembre no me renovaron al seguir de baja,la mutua me estuvo atendiendo y abonando mi sueldo hasta el día 13 de octubre qué me dió el alta,desde ese mismo día sigo de baja por la seguridad social,tras recurrir el alta judicialmente el juez desestima la demanda porque entiende que el episodio agudo se solventó con el tiempo que estuve atendiendo por la mutua y lo que me ocurre en la espalda es algo congénito y degenerativo que tiene que ser tratado por la seguridad social,al estar en la seguridad social en situación de asimilado al alta " A.S. SUBSID.P.DIREC.EEGG/MUT./EMPR.COLAB" desde dicho día 13 de octubre mis dudas son si debería cobrar algúna prestación o subsidio por incapacidad temporal al no tener derecho a paro y si de ser así debería ser con carácter retroactivo desde dicho día 13 de Octubre.
Muchas gracias.
antonio
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Miriam m
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Que debo hacer? Gracias de antemano.
Fernan
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Después de 365 día de IT he pasado por inspección, de esto hace diez días, aun no he recibido comunicación por parte del INSS.
Mi empresa si que me ha comunicado que el INSS me concede 180 días de prorroga y que a partir de ahora tengo que gestionar el pago directo del INSS
J.J.
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jesus m
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mabel
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Regina
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Salvador
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¿Es normal que te quiten dinero, después de haber trabajado todo el mes desde el día 1?
Un saludo y gracias!!!
Virginia B.
Enviado el
mabel
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Leticia cisneros
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Yolanda Seara Igarza
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Virginia
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Tras agotar la prórroga de 180 días me citaron el 28/11 y pasando por alto el informe de psiquiatría me ha llegado un mensaje con fecha de 1/ 12 diciendo que estoy de alta con fecha de 2/12 y debo reincorporarme a mi trabajo.
El problema es que mi contrato era a fin de obra y se me acabó estando de baja.
He acudido al inem para solicitar una prestación y resulta que no les consta el alta porque no se ha gestionado digamos oficialmente la resolución. Me han dado otra cita en sepe para dentro de una semana, pero en la seguridad social no me dicen el plazo para la resolución.
No sé si voy a cobrar estos días p me quedo en un vacío legal, y mi situación es altamente vulnerable.
¿Qué puedo hacer?
Gracias de antemano.
Mari
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Ana María lopez
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Miriam
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Fernando
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Tengo todo el papeleo entregado a la mutua (145, certificado de empresa , declaración jurada, y e últimas nóminas para reclamar el pago, y la carta del INSS..) al a empresa le entrego mi carta certificada correspondiente...para poder reclamar el pago q media entre el año y la carta de la inspección con el alta.
La mutua me dice q está todo ok, pero que tiene q esperar a q el INSS lo notifique...Notificar que?si ya la recepcione y no alegue..a q tengo q esperar? Q notificación se supone q está esperando la mutua para darle curso?
Gracias
Maria
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llevaba varios meses esperando la carta del tribunal y no me llegaba, preocupada me he puesto en contacto con la mutua y me han indicado que ha ellos les consta que me han dado de alta. He ido hacerme el certificado digital para poder verlo por internet ya que no conseguía cita presencial y para mi sorpresa habían enviado la carta a mi antigua dirección, cuando yo ya había indicado la nueva. ahora que debería hacer si no me ha llegado la carta y han pasado los dias de reclamar? un saludo.
Claudia irene romo y
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Claudia irene romo urquidez
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