Todo trabajador tiene derecho a someterse a un reconocimiento médico laboral una vez al año. Derecho que se convierte en obligación en muchos casos, cuando su salud esté en peligro por el desempeño de sus funciones laborales. Y este derecho se vuelve, en muchos casos, en su contra.
En España, es la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en su artículo 22, la normativa que regula los reconocimientos médicos. En la misma se establece que el empleador tiene obligación de proporcionar a sus trabajadores la vigilancia de su salud de manera periódica, variando según los riesgos que su trabajo conlleva.
La periodicidad y la obligación del trabajador de someterse al reconocimiento médico por parte del trabajador se estipula una vez que se conoce la evaluación de riesgos en la empresa en la que trabaja y las funciones que debe realizar y se engloba dentro de las acciones preventivas. Así se vigila la salud de los empleados y se pueden conocer los riesgos que el trabajo que realizan tienen para la salud de las personas, y también si el trabajador está en condiciones de realizar dichos trabajos.
La fina línea que separa la voluntariedad y la obligatoriedad por parte del trabajador de someterse a los reconocimientos médicos que la empresa ofrece viene marcada por el derecho fundamental a la vida y la integridad, así como a la salud de los trabajadores. Cuando se considere que estos derechos pueden ser vulnerados, es decir, cuando el trabajador puede, por el desempeño de su trabajo, poner en riesgo su salud e incluso su vida o la de sus compañeros, se imponen los reconocimientos médicos y el trabajador está obligado a realizarlos incluso en contra de su voluntad.
Cuando se realiza un reconocimiento médico
Como consecuencia de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, aquellos trabajadores que pongan en peligro su vida, la de sus compañeros o de otras personas durante el desempeño de sus funciones laborales están en la obligación de realizar el reconocimiento médico según lo haya estipulado la empresa o bien según los plazos marcados por el convenio.
Pero este no es el caso de la mayoría de los trabajadores (son pocas las profesiones en que se pone en riesgo la vida y la salud de las personas de manera constante). Lo más común es que la empresa ofrezca de manera anual a sus trabajadores la posibilidad de someterse a un reconocimiento médico.
En el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, que aprueba el Reglamento de Servicios de Prevención de Riesgos Laborales, se establece que la vigilancia de la salud se llevará a cabo en varios momentos:
Al inicio de la relación laboral
Cuando el trabajador se incorpora al trabajo o cuando se le asignan nuevas tareas que conllevan riesgos para la salud. Incluso puede estar contemplado que este reconocimiento se realice previamente.
Hay empresas que incorporan reconocimientos en las pruebas de selección de sus candidatos. No se debe olvidar que estos candidatos aún no son trabajadores de la empresa y como ciudadanos en general pueden negarse a realizar dicho reconocimiento. Es más, pudiera ser que se produjese una discriminación en los procesos de selección de la empresa, al no querer contratar a candidatos que padezcan enfermedades o estén en un estado biológico que no les impide realizar las tareas de su puesto, como por ejemplo, una mujer que opte al cargo de secretaria y esté embarazada.
Cuando se reanuda un trabajo
Después de una baja de larga duración por motivos de salud, la empresa puede imponer al trabajador que se realice un reconocimiento médico. La finalidad de este proceso es la de descubrir si esta enfermedad podría llegar a repetirse por motivos laborales y así señalar unas acciones preventivas.
De manera periódica
Se fija según normas especiales teniendo en cuenta los riesgos específicos. Por ejemplo, aquellos trabajadores que están expuestos a ruidos altos, tienen que pasar un examen médico cada 3 o 5 años. según el Real Decreto 286/2006, de 10 de marzo.
Para qué trabajadores es obligatorio el reconocimiento médico
Ya se ha explicado que la mayoría de los trabajadores no tienen obligación de realizar reconocimientos médicos, pero sí que algunos puestos de trabajo conllevan esta obligación:
- Cuando se tiene la certeza de un peligro para la salud de los trabajadores o de otras personas.
- Según la proporcionalidad del riesgo.
- Cuando las pruebas sean indispensables.
- Por el interés del grupo social o del colectivo de trabajadores o en un momento de necesidad concreta.
¿Puede el trabajador negarse a someterse a un reconocimiento médico?
En aquellos casos en los que sea obligatorio, como los que se han descrito anteriormente, el trabajador está obligado a someterse a unas pruebas médicas. La negativa puede acarrearle sanciones que vienen contempladas por ley, llegando incluso al despido.
Pero los trabajadores para los que el reconocimiento médico es voluntario no tienen por qué realizarlo. La empresa no puede obligarlos en ningún caso y tampoco podría acarrear sanciones no hacerlo.
Quién realiza los reconocimientos médicos
Los controles periódicos o vigilancia de la salud deben llevarse a cabo por personal sanitario que presente competencias técnicas, capacitación y acreditada formación específica a nivel superior.
Aquellos organismos que realicen funciones de vigilancia de la salud de los trabajadores deben contar en su plantilla con un médico especialista en medicina del trabajo o bien un diplomado en medicina de empresa y también un ATS/DUE de empresa. Esto no significa que además de estos no puedan intervenir otros profesionales sanitarios que cuenten con la formación adecuada y presenten las competencias exigidas, como auxiliares de clínica.
En ningún caso podría el empresario empleador responsabilizarse de estas tareas, aunque estuviera cualificado para ellas.
En qué consiste un reconocimiento médico
Siempre y cuando no haya condicionantes que influyan en algunos aspectos del reconocimiento (por ejemplo, pruebas específicas si el trabajador está expuesto a contaminantes), los reconocimientos médicos al uso se componen de preguntas sobre el estado de salud de los trabajadores, además de una exploración física en general.
Además se suelen realizar otras pruebas como el control de la visión, una audiometría (estudio auditivo), una espirometría (estudio de la funcionalidad respiratoria del trabajador), una analítica sanguínea, otra de orina, un electrocardiograma y, si procede, un estudio radiológico.
El reconocimiento médico y la Ley Orgánica de Protección de Datos
El reconocimiento médico debe realizarse siempre respetando el derecho a la intimidad y la dignidad del trabajador. Además, hay que tener en cuenta que toda la información relativa a la salud de las personas es confidencial y no puede usarse con fines discriminatorios ni en perjuicio de las personas.
La Ley Orgánica de Protección de Datos (http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/lo15-1999.html) vela por que se cumplan estos derechos de los trabajadores. Solo el personal médico que lleve a cabo la vigilancia de la salud y las autoridades sanitarias pertinentes, así como el propio trabajador, pueden tener acceso a los datos recogidos durante el reconocimiento. No se pueden facilitar al empleador o a otras personas sin el consentimiento expreso de la persona que se sometió a las pruebas médicas.
De lo único que serán informados tanto el empresario como las personas responsables de la prevención será de las conclusiones de los reconocimientos. Estas deben expresarse en términos de apto o no apto para el trabajo y de si hay necesidad de introducir medidas en materia de prevención durante el desempeño de las funciones del trabajador.
En conclusión
Es en el artículo 22 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales donde se establece que el empresario debe velar por la salud y la seguridad de las personas que trabajan con él, garantizándoles la posibilidad de realizar una vigilancia periódica de su salud.
Los exámenes médicos han de ser voluntarios y no un requisito para entrar a formar parte de la empresa o para mantener el puesto de trabajo. El examen médico nunca podría ser un motivo de despido o una forma de discriminación según los resultados que arroje, ya que el empleador en ningún caso puede conocer aquellos resultados obtenidos más allá de que signifiquen que el trabajador es apto o no para realizar las funciones características de su puesto de trabajo.
En la Ley de Prevención de Riesgos Laborales también se establece que hay algunos trabajadores que están obligados a cumplir con esos reconocimientos médicos, bien por su trabajo y las sustancias a las que están expuestos, bien porque puedan poner en peligro la vida de otras personas.
Si un trabajador que esté en esta situación se niega a realizar un reconocimiento médico podría tener sanciones, incluso podría ser objeto de un despido procedente.
Vigilar la salud es obligación de todas las personas. Por eso es una buena medida realizarse exámenes sanitarios de manera periódica, sin temer a que algún resultado que no influya en el desempeño de la actividad profesional conlleve un despido o una discriminación laboral. Dicha discriminación podría acarrear sanciones a la empresa y al empleador.
El reconocimiento médico es habitual en toda empresa y debería verse como una ventaja para el trabajador y no como una herramienta de control por parte del empleador.
Comentarios (235)
Antonio
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Gracias de antemano.
Mariano
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Los reconocimientos médicos son voluntarios pero puede establecerse su obligatoriedad el Tribunal Constitucional sentencia 196/2004, de 15 de noviembre, establece una serie de requisitos y pautas para determinar la aplicación de las referidas excepciones:
1. La certeza de un riesgo o peligro cierto objetivable en la salud de los trabajadores o de terceros.
2. La proporcionalidad al riesgo, (por inexistencia de opciones alternativas de menor impacto en el núcleo de los derechos incididos).
3. La indispensabilidad de las pruebas (por acreditarse «ad casum»).
4. La presencia de un interés preponderante del grupo social o de la colectividad laboral o una situación de necesidad objetivable (descrita en los supuestos del segundo párrafo del art. 22.1 LPRL).
por ello seria necesario una valoración conjunta por parte de los técnicos de prevención de riesgos laborales y los profesionales de la medicina del trabajo
Pedro Muñoz
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Para los conductores del parque móvil es obligatorio
Mariano
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Fernando
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Quisiera saber si el reconocimiento médico que te hacen en un empresa también sirve para sacarse el carnet de conducir si lo presentas o si por el contrario son reconocimientos médicos diferentes y el que te has hecho en la empresa no vale a para tales efectos.
Gracias
alexandra lopez
Enviado el
Cual es si es la finalidad al tener este reconocimiento medico del trabajador, esto solo aplica a lo laboral o hay reconocimiento medico por eps?
Mariano
Enviado el
Los trabajadores temporales también tienen derecho a los reconocimientos médicos pudiendo, en caso contrario, ser sancionados por la Inspección.
Maria
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muchas gracias
Jorge
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Ivan
Enviado el
Mariano
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Hugo
Enviado el
En junio me reicorporé a mi empresa tras una baja laboral de un año. Trabajo de vigilante en una urbanización y ahora también me envían a un vertedero, por lo que me exigieron realizarme el reconocimiento médico. Éste constaba de las pruebas normales mas tres serologías de Hepatitis y VIH. A día de hoy no me han enviado los resultados y mi encargado dice que no sabe nada. ¿A qué artículo de la ley puedo hacer alusión para poder exigir los resultados sobre mi persona?
Gracias de antemano y un saludo.
Mariano
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El derecho a conocer el resultado de la vigilancia de la salud esta regulado en el articulo 22.3 de la ley de prevención de riesgos laborales Ley 31/1995, 8 de noviembre
Maika
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jorge
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mayte
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Gracias!
Elena
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Eli
Enviado el
gracias
diana
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gracias
Mariano
Enviado el
Por lo tanto tu empresa debería ofrecerte dicho reconocimiento medico
Mariano
Enviado el
En cuanto al preaviso no existe norma que establezca esa obligación pero lo lógico (análisis sangre, orina...) es que el trabajador tenga conocimiento previo y razonable de las fechas de reconocimientos.
Oscar
Enviado el
Y ¿qué pasa con las contrataciones temporales? Ejemplo: contratado por tres meses, desvinculación con la empresa de otros dos, contratado de nuevo por otros dos meses, fuera otros tres, etc...
Puesto que la ley dice "al inicio de la relación laboral", tendría que ofrecerse/realizarse tantos reconocimientos médicos como incorporaciones a la empresa?
Saludos
Lidia
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Mariano
Enviado el
El empresario garantizará a los trabajadores a su servicio la vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo.
La ley no obliga a un reconocimiento inicial por lo que con la periodicidad establecida normalmente un año el empresario debe facilitar este reconocimiento a todo el personal en alta con independencia de su contrato.
Manuel
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sonia
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Mariano
Enviado el
Roberto
Enviado el
Mariano
Enviado el
Silvia
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por el examen medico rutinario de todos los años porque no esta de acuerdo para nada con esta actitud de la empresa.Pero de todos modos voy a hablar con el abogado del sindicato porque no se en que puede derivar todo esto.Solo estoy pidiendo una adaptacion del puesto para poder seguir trabajando y encima de poder salir trasquilada la empresa quiere librarse de pagar la indemnización que me corresponderia por despido objetivo.Despues de tener la espalda como la tengo tras los años de levantar cargas en esta empresa y derivarme la mutua a la SS ya que los problemas de espalda no entran por el Real Decreto en el marco de las enfermedades profesionales.Porque sino,como me dijo el abogado del sindicato,el negocio de las mutuas se iria al garete,encima tengo que aguantar esto.Pedazo de SIMBERGUENZAS.
Juan Miguel Sanchez
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MG
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Mariano
Enviado el
Artículo 22 Vigilancia de la salud
1. El empresario garantizará a los trabajadores a su servicio la vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo.
Esta vigilancia sólo podrá llevarse a cabo cuando el trabajador preste su consentimiento. De este carácter voluntario sólo se exceptuarán, previo informe de los representantes de los trabajadores, los supuestos en los que la realización de los reconocimientos sea imprescindible para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los trabajadores o para verificar si el estado de salud del trabajador puede constituir un peligro para el mismo, para los demás trabajadores o para otras personas relacionadas con la empresa o cuando así esté establecido en una disposición legal en relación con la protección de riesgos específicos y actividades de especial peligrosidad.
En todo caso se deberá optar por la realización de aquellos reconocimientos o pruebas que causen las menores molestias al trabajador y que sean proporcionales al riesgo.
Sergio
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Por cuadrante me incorporo dentro de 3 días a mi trabajo.Me han recomendado no coger peso,no permanecer de pie y debo de realizar paseos cortos y frecuentes.La empresa me obliga ha hacerme un reconocimiento médico para diagnosticar si soy apto,apto con restricciones o no apto,hasta ahí estoy de acuerdo en hacer lo necesario antes de incorporarme.La empresa me dice que hasta que no reciba los resultados no me puedo incorporar.Mi pregunta es:Si tarda una semana en dar los resultados o dos,los días que no trabaje corren por cuenta mía?Según la empresa corren de mis vacaciones.Es eso legal?
Mariano
Enviado el
Si la empresa no quiere que el trabajador se incorpore hasta reconocimiento medico debería dar un permiso retribuido.
En relación a las vacaciones no es el sistema mas adecuado. Las vacaciones se deben acordar entre el empresario y trabajador de común acuerdo y con una antelación de dos meses.
En caso de desacuerdo habría que reclamar ante la Jurisdicción Social y en la mayoría de los casos las sentencias son favorables a la empresa por razones organizativas.
Este supuesto que mencionas es defendible.
Yessica
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Alejandro
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tengo una pregunta la empresa te puede obligar a entregar informes médicos de la seguridad social porque ellos supongan una enfermedad, o esta protegido como un derecho fundamental no aportar esos documentos que es de tu intimidad. gracias.
Mariano
Enviado el
Los informes médicos son confidenciales y no te pueden obligar a aportarlos.
Tampoco te pueden obligar a realizar un control medico por su Mutua salvo que realices trabajos peligrosos....
Alejandro
Enviado el
maite
Enviado el
Mariano
Enviado el
Elena
Enviado el
Danut Stefanescu
Enviado el
Mariano
Enviado el
En cuanto a Mónica si te declaran no apta en el trabajo la empresa deberá despedirte de forma objetiva por ineptitud sobrevenida con una indemnización de 20 días por año trabajado siempre claro que no te reconozcan una incapacidad permanente.
Como ya se hemos comentado los reconocimientos médicos son voluntarios.
Mònica
Enviado el
He ido al reconocimiento médico y me piden un informe de mi cardióloga ya que tengo problemas cardíacos e hipertensión y el ECG y la PA han salido alterados. Tengo tambien reconocida una discapacidad por limitación funcional de las articulaciones. Me dice que si no le traigo este informe (conforme me hacen el seguimiento, medicación, etc..) no me puede dar el Apto y aún así dependerá de los informes.
Soy recepcionista y llevo tambien el departamento de facturación (antes eran 2 personas, ahora solo yo) y es cierto que de un tiempo a esta parte el nivel de estrés ha ido en aumento. ¿Qué me puede pasar si me declaran no apta? ¿Que tengo que hacer yo como trabajadora? Gracias
Crustina
Enviado el
Trabajo en un supermercado.
Mi empresa me ha entregado a mi.y a mis compañeros un papel donde nos preguntan si queremos ir o no al reconocimiento del año que viene.
Para q sirve esto?.
Me perjudica?.
Es obligatorio ir o es obligatorio cubrirlo?
Yo el este ano no quise ir, llevo 10 anos teabajando en esta empresa, y los primeros 4 ano no hubo reconocimientos.
Yo creo q fui 2 veces.... este ano nos avisaron con poco tiempo, y casi que oblugandonos a ir....
Gracias
Rosa Mercedes
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loma
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Toni
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Nuestra empresa, esporádicamente tiene que efectuar reparaciones de maquinas nuestras instaladas en factorías de nuestros clientes. Hay un trabajador nuestro que no desea efectuar la revisión medica y nos firma un certificado corroborando esta situación.
Hace poco, al tener que ir a una factoría de un cliente a efectuar una reparación, nos indicaron que el trabajador no podía acceder a sus instalaciones porque aunque presentáramos el certificado de renuncia del trabajador a la revisión, las normas de la factoría era que tenia que presentar el certificado de aptitud. Mi pregunta es, que podemos hacer en este caso, ya que nosotros no podemos exigir al trabajador la revisión medica.
Jorge Fernadez
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Aitor Sasia
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Pedro Gutierrez
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Estamos en el Convenio de Artes Gráficas y por lo que yo conozco no es un ramo en el que el reconocimiento médico sea obligatorio, per la dirección de la empresa alega que como todos los trabajadores podemos llevar carretillas elevadoras, aún que sea esporádicamente, tenemos la obligación de realizar dicho reconocimiento.
Realmente tenemos esta obligación?
Mariano
Enviado el
Mariano
Enviado el
Juan josé
Enviado el
Mariano
Enviado el
Rita
Enviado el
Primero el chequeo médico para empresas se puede hacer en el horario de trabajo o necesito hacer en mi tiempo libre!
Y segundo : La empresa tenía un inspección de trabajo y es un trabajo con ordenadores y después de esto,mandaron a todos para un chequeo médico y digeron es obligatorio! Es obligatorio o me puede negar! Muchas gracias
Mariano
Enviado el
Diego
Enviado el
Uns saludo y gracias de antemano.
Pablo
Enviado el
¿ En la pruebas tal como las de orina o de sangre, controlan el nivel de thc ( fumadores de marihuana) ?
¿ Y si es que si , en caso positivo al thc , lo comunican a la empresa ?
No se trata de un trabajo que suponen un riesgo para los otros , es administrativo.
Gracias
Isabel le
Enviado el
Trabajo en una empresa en la que organizo todos los reconocimientos de la empresa, mis operarios trabajan en varios turno y ha dado la casualidad que a un operario que trabaja de tarde el reconocimiento médico le ha tocado por la mañana, el me comenta que tiene que ser en horario labora... ya me pone en dudad ¿ es posible?
a la espera de sus comentarios
Mariano
Enviado el
JOSE
Enviado el
Margarita
Enviado el
carmen
Enviado el
Jose
Enviado el
pilar
Enviado el
bien pues me tomo mi mes de vacaciones y mientras no me reubican, llegado el dia de incorporarme no saben q decirme, solo q me veo onligada a trabajar y en el mismo lugar, estoy en desamparo, por favor indiqueme, hablo del servicio murciano de salud. Y ademas me entero q la plaza dn propiedad q firme como mia, ya la tenia firmada otra persona, es un error administrativo pero quiero saber si se puede hacer algo o tener alguna idmenizacion etc, el primer problema es lo a mas me interesa, gracias
María Ortiz
Enviado el
Muchas gracias por vuestra atención.
sonia
Enviado el
En un caso de reconocimiento no obligatorio por el puesto de trabajo pero que el trabajador si que quiere hacerlo, si me mandan a otra ciudad a hacerlo (no más de 100 km de desplazamiento), ¿tengo derecho a negarme y que sea en mi ciudad?
En caso negativo, ¿me deben costear esos gastos de desplzamiento? Gracias de antemano.
Maricarmen
Enviado el
soy de España y voy a trabajar en una fabrica de envasados y no he comunicado que padezco de anticuerpos vih (aunque me preguntaron si padecía alguna enfermedad) me preocupa que si me hacen una examen medico de salud esto me pueda ocasionar problemas,.. en caso de hacerte un examen y dar positivo se notifica a la empresa o solo pone apto o no apto?
Gracias
CARMEN
Enviado el
QUERIA SABER SI ES OBLIGATORIO HACER RECO MEDICO AL CONDUCTOR DE UNA FURGONETA DE REAPARTO DE UNA EMPRESA....
O SI CON LA NEGATIVA FIRMADA POR EL CHOFER ES SUFICIENTE
GRACIAS
José Manuel
Enviado el
Lau
Enviado el
Carlos
Enviado el
Ricardo
Enviado el
Jorge
Enviado el
Si un trabajador tiene un seguro privado por el que le hacen un chequeo/reconocimiento anual también está obligado a hacerlo por la empresa?
Dani
Enviado el
Soy una persona con discapacidad y me presente a unas oposiciones en las cuales, según la ley, debia aportar certificado de capacitación para el desarrollo de las tareas del puesto emitido por el Centro de valoración de mi provincia, el cual aporte al Tribunal de examen. Tras pasar todas las pruebas me presento a la fase de reconocimiento médico y el doctor me califica como no apto pese a que en su informe dice textualmente que no poseo efectos limitativos y en las bases se dice también que las personas que se presenten por el Turno de discapacitados, que tengan certificado de compatibilidad para el desarrollo de las tareas del puesto, la patología causante de la discapacidad no puede ser emotivo de exclusión en el reconocimiento médico. La única patología encontrada es por la que tengo mi incapacidad y por tanto cumplo el requisito de las bases de examen. Es legal lo que han hecho? A mi parecer incumplen todos los criterios exigidos en la bases.
Gracias y un saludo.
Karlos
Enviado el
P.D. : Por cierto ni me han pedido carnet de conducir
Y otra pregunta ¿las empresas de transporte de personas están obligas a obligar (valga la redundancia) a hacer el reconocimiento médico? ¿los transportistas autónomos también están obligados?
Un saludo y gracias
Karlos
Enviado el
Gracias
Rosa
Enviado el
Voy a hacer una prueba de selección para un puesto de mantenimiento en una empresa importante.
Hace un año y medio me operaron de Chron, al hacer el reconocimiento médico previo me verán la cicatriz, es obligatorio que informe de la enfermedad crónica que tengo (si informe me imagino que no me contrataran).
Entiendo que mi enfermedad no dificulta el poder realizar mi trabajo, es obligatorio informar de esta enfermedad y si estoy siguiendo un tratamiento.
Entiendo que los datos médicos son de mi intimidad y es un derecho fundamental, ya que mi enfermedad no afecta al trabajo..
Cuál es su opinión, es obligatorio comunicarlo? Que debería hacer?
Muchas gracias por su atención.
Agustin
Enviado el
CRISTIAN
Enviado el
saul criado
Enviado el
Maria
Enviado el
Juan pascual
Enviado el
Jose
Enviado el
Estoy de baja debido a un accidente in-itinere. Durante esta baja, la empresa esta haciendo los reconocimientos médicos a los empleados que lo requieran, o dando impresos de renuncia al reconocimiento.
Mi pregunta es si estando de baja, firmo el rechazo (no estoy en condiciones de ir a hacer el reconocimiento normal, aparte de todos los que me estan haciendo), ¿como me afectaría esto?
Un cordial saludo
Encarnación s
Enviado el
Marcos
Enviado el
Dentro de unos dias tengo reconocimiento medico a las 9 de la mañana.
Mi turno de trabajo empieza a las 06:00 por lo cual tengo que levantarme sobre las 04:30 de la mañana.
La empresa quiere que me incorpore al trabajo a mi hora habitual aun siendo un trabajo fisico, con maquinaria y en ayunas.
Me dicen que luego voy al reconocimiento.
Pueden hacerlo?
Gracias.
Ana
Enviado el
me he incorporado al trabajo tras una baja de larga duración por accidente no laboral. En estas circunstancias la empresa me exige la realización de reconocimiento médico, pues alega que estoy obligada al reincorporarme tras la baja de larga duración, yo no estoy de acuerdo con esta imposición, porque creo que tengo derecho a negarme a realizar el reconocimiento, ya que el mismo ha estado motivado por accidente y no por enfermedad, con lo que no supongo ningún riesgo para mi salud ni la de mis compañeros.
Además, me hacen una amenaza velada de que puede acarrear consecuencias mi negativa.
¿Estoy obligada a pasar el reconocimiento médico?
Gracias por su respuesta.
Martín
Enviado el
A lo ora de ir ala revisión médica laboral le puedo explicar al doctor/a que estoy dispuesto a hacer el 90% de el reconocimiento excepto de hacerme las analíticas ya que sufro de fobia alas anliticas.
Mejor dicho puedo hacerme el 90% de la revisión médica y evitar las analíticas el médico podría hacerlo. Gracias
david
Enviado el
Andrés
Enviado el
reconocimiento médico para determinar mi capacidad funcional para el
puesto, en el reconocimiento me mandan a una empresa que ellos han
elegido e incluye analisis. Yo no estoy dispuesto a acerme la
analitica no me gusta que me saquen la sandre me pone muy nervioso y
no quiero hacermelos. Mi puesto no entraña ningun riesgo o peligro
consiste en estar todo el dia sentado delante de un ordenador. Si me
declaran no apto pues no entro
¿Me pueden obligar a hacerme los analisis?
¿Si no me los hago me pueden declarar no apto por ese motivo?
¿Es obligatorio tener que pasar por su reconocimiento o puedo recurrir
a otro médico?
En caso de que me declaren no apto por el motivo de no hacerme los
analisis ¿Que podria hacer el respecto?
Aqui pongo lo que dice en la convocatoria:
"Los aspirantes que han concurrido por el turno libre deberán
someterse a un reconoci miento médico que determine su
capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de
la Especialidad a la que opta. A tales efectos, dentro del plazo de 20
días naturales, contados a partir del día siguiente al de ublicación
de la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura, los que
formen parte de la relación definitiva de aprobados en cada proceso
selectivo, recibirán en el domicilio que hagan constar en su solicitud
una citación para someterse a dicho reconocimiento médico.
En el caso de que el informe dictamine que carece de la
capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la
Especialidad, el aspirante no podrá ser nombrado funcionario en
prácticas, quedando sin efecto todas las actuaciones en cuanto
a él se refiere.
El informe médico será confidencial, respetando en todo el
curso del procedimiento los derechos de intimidad y su
protección, sin que pueda ser utilizado para otra finalidad
distinta."
Carmen Diaz
Enviado el
Elena
Enviado el
Luis Martin Fiestas Lopez
Enviado el
ELIZABETH TAVAREZ
Enviado el
TENGO UNA INQUIETUD, ME ACABAN DE HACER UN RECONOCIMIENTO MEDICO PARA ENTRAR A UN PUESTO DE TRABAJO, TENDRIA PROBLEMAS SI EN LOS ANALISIS SALE POSITIVO LA HEPATITIS??? ME CONTRATAN O NO?
que me cabreo
Enviado el
es para saber como estás de salud...
la empresa paga el chequeo...
tienes trabajo....
tienes que dedicar un momento y.....
solo te preocupa si te pagarán esas horas......
a que si cobrarais por capacidad y no por horas, estaríais todos fritos.......
Beatriz
Enviado el
Martín
Enviado el
Mariano
Enviado el
Jose Miguel
Enviado el
la empresa o el empleado.
Muchas Gracias.
Saludos.
Mariano
Enviado el
Cristina Valadez
Enviado el
Sarita Zapata
Enviado el
La organización debe realizar la evaluación médica de ingreso correspondiente, por favor me podrían comentar de ello al respecto.
Saludos,
Andrés Burgos
Enviado el
¡Saludos!
Anna Verona
Enviado el
contestar
Sonia
Enviado el
hace mas de un año se dio de baja por problemas en una rodilla despues de un año lo han operado y le han dado de baja 6 meses, lleva mucho tiempo en la empresa mas de 30 años y creemos no puede hacer su trabajo porque tiene el mismo problema en la otra rodilla, el trabajo es de mantenimiento y ha venido haciendo este trabajo con mucha deficiencia, tenemos un seguro incluso que no nos quiere pagar por que argumentan falta de mantenimiento, tenemos la seguridad de los garajes que los existoress llevan 3 años sin revisar, las salidas de emergencia no están puestas no se ha chequeado el sistema de incendio, etc etc.
Tenemos miedo que al volver al trabajo recien operado de la rodilla se caiga de una escalera y sea peor el resultado. Trabaja en un complejo de 10 edificios en que tiene que subir y bajar escalera todo el tiempo .
Elisabeth
Enviado el
Davinia
Enviado el
Sandra
Enviado el
LAURA
Enviado el
Me gustaría saber si existe un plazo marcado por ley para que la empresa realice el reconocimiento médico inicial cuando contrata a un empleado nuevo. La duda me surge porque si por ejemplo, una empresa normalmente suele hacer los reconocimientos médicos periódicos a principios de año, si contrata a una persona en octubre, tiene la obligación de realizar el reconocimiento médico inicial en octubre o puede hacerlo a principios del año siguiente con el resto de trabajadores???
Un saludo,
Muchas gracias!!
Francisco
Enviado el
Un trabajador, de profesión albañil, sufre un ataque epiléptico en el centro de trabajo, mientras participaba en un curso formativo.
Por miedo a ser despedido, a la semana a pedido el ALTA MEDICA.
Ese mismo día la empresa le ha DESPEDIDO por causas económicas.
Ha pedido a la empresa que le realice un EXAMEN MEDICO para ver si es APTO PARA SU TRABAJO HABITUAL, pero está se niega.
¿Se podria denunciar a la empresa para que hiciese ese reconocimiento médido al trabajador?
Adolfo
Enviado el
pilar baigorri
Enviado el
Aury
Enviado el
Quisiera saber si es obligatorio pagar el reconocimiento medico de una empleada que no quiere hacerselo.
La empresa de prevencion me dice que como lo ponen a mi disposicion lo tengo que pagar.
Gracias
Toni
Enviado el
Muchas gracias.
Silvia
Enviado el
Me gustaría sabes si persona con Hepatitis B activo (puede infectar) pasa reconocimiento medico para nuevo puesto de trabajo en la la oficina de una empresa? O directamente tiene no apto hasta tomar el tratamiento y pasar otras pruebas?
Gracias.
Lcs
Enviado el
Edu
Enviado el
Charo González
Enviado el
Elsa
Enviado el
daelai
Enviado el
Susana
Enviado el
Juan
Enviado el
Susana
Enviado el
Me gustaría saber cuándo se debería hacer el reconocimiento médico inicial, ¿dentro del periodo de prueba?
Y por otro lado, ¿el trabajador puede negarse a hacerse el reconocimiento médico inicial si en su puesto no es obligatorio realizarlo?
Gracias
Kukka Molist
Enviado el
jacqueline sanchez
Enviado el
mi esposo trabaja en una empresa hace 2 años y el cogió un dolor en mango rotador y tiene una fisura y se le esta regando un liquido. lo han incapacitado mucho y tiene pendiente la cita con medico laboral ,con el ortopedista y unas filtraciones. esta enfermedad el la cogió allá en la empresa el reporto a la empresa cuando lee dio un dolor muy fuerte y la empresa no lo reporto . y ahora el 15 de diciembre lo echaron esto puede ser. gracias por su respuesta
Andrés
Enviado el
Fernando
Enviado el
Cuando son contratos temporales o de interinidad también hay que pasarlo?
Gracias
Manuel
Enviado el
Francisco Javier
Enviado el
Sergio
Enviado el
en los proximos días he de realizar un reconocimiento médico debido a una baja de larga duración. Durante esta baja me diagnosticaron una enfermedad de caracter degenerativo pero invalidante, una artrosis cervical. Puedo solicitar de motu propio en este reconocimiento se me declare apto con limitaciones o como he de actuar y a quien he de remitir esta peticion? Muchas Gracias!!!
José
Enviado el
Un saludo.
Fernando
Enviado el
¿Puedo exigir que me hagan el reconocimiento médico en horas de trabajo y no en horas de mi día de fiesta aunque luego me las compensen?.
Gracias
Susana
Enviado el
M. Angeles Moreno Olivas
Enviado el
Muchas gracias de antemano.
Alejandro
Enviado el
Roberto
Enviado el
Borja
Enviado el
Y si me fumé uno hace una semana es posible que apareciera?
Marita
Enviado el
Miguel
Enviado el
María
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Kristine_Zwarenstein
Enviado el
Anabel
Enviado el
Francisco
Enviado el
Noelia
Enviado el
Rita
Enviado el
Saray
Enviado el
Joseph
Enviado el
Joseph
Enviado el
Andrés
Enviado el
Aino
Enviado el
Gracias.
Montse
Enviado el
Después de reclamar más de 2 semanas mi informe médico a la ett, ya trabajando, mi sorpresa cuando recojo el informe y son un montón de copias acabadas de imprimir y sin sobre.
Estoy segura que la empresa y la ett ha leído todo lo que dice el informe médico y todo lo que dije porque está escrito. Esto es vulnerar mi intimidad. Ahora saben incluso cosas del pasado. Puedo denunciar? Dónde? Al recoger el informe me sentí desprotegida.
Gracias
Jose
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Jose
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Olga
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Nicolas
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José Carlos
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Muchas gracias
José Buforn Valero
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Gracias
antonio
Enviado el
yo no me niego hacer melo y mi pregunta es :estando de vacaciones tengo que hacer me lo obligado? que consecuencias tiene sino me lo hago? porque la empresa me dice que le tengo que firmar un papel donde yo renuncio hacer melo cosa que yo no me niego
Saúl
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Broxs
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Jamal lazam
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Antonio
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Muchas gracias de antemano.
Jesús
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LEONARDO TRIANA
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JORGE
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Nanis
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Marie-Claire
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Buenas tardes señor y señor
necesita un préstamo para su hogar, su empresa, para la compra de un automóvil, para iniciar su propio negocio, para las deudas familiares o para crear un restaurante o un hotel, o para enfrentar las dificultades financieras para finalmente ¿Rompe el estancamiento que los bancos están provocando, rechazando los archivos de su solicitud de préstamo? Podemos prestarle la cantidad que necesita de € 3,000 a € 800,000 a una tasa de interés del 3% y durante un período de reembolso de 1 a 30 años con condiciones que harán su vida más fácil. Usted tiene prohibiciones bancarias y no tiene el favor de los bancos o, mejor aún, tiene un proyecto y necesita financiamiento. Contáctenos por correo para más información: por
Francisco
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matilde
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Ricardo
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olgalu
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Wilmar
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Francisco
Enviado el
Li
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Beatriz
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Finalmente en la inspección aceptaron mi reclamación y continuo de baja, tengo de nuevo cita con inspección el 8/10, quería saber que significa aptitud no informable para entregarlo como documentación o no.
(Sigo de baja esperando cita en la unidad del dolor, me tienen como preferente).
Antonio
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Gerardo Villanueva
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Maria
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Espero su respuesta gracias
Elena
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maria
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te puede hacer el cerfificado tu medico privado de clínica?
gracias
Manuel A. Santos Perez
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VALENTINO
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Soy la Sra. Carina Baur, he estado buscando un préstamo desde
muchos meses; Pero por suerte vi
mucha gente habla del señor valentino FINA, que es un hombre sencillo y honesto, así que me puse en contacto con él para obtener mi préstamo de € 70,000 para saldar mis deudas y realizar mi proyecto. Es con el señor valentino FINA que mi sonrisa es nueva, simple y muy comprensiva.
PEDRO
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Soy la Sra. Carina Baur, he estado buscando un préstamo desde
muchos meses; Pero por suerte vi
mucha gente habla del señor pedro izu, que es un caballero sencillo y honesto, así que me puse en contacto con él para obtener mi préstamo de € 70,000 para saldar mis deudas y realizar mi proyecto. Es con el señor pedro izu que mi sonrisa es nueva, simple y muy comprensiva.
VALENTINO
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Soy la Sra. Carina Baur, he estado buscando un préstamo desde
muchos meses; Pero por suerte vi
mucha gente habla del señor valentino FINA, que es un hombre sencillo y honesto, así que me puse en contacto con él para obtener mi préstamo de € 70,000 para saldar mis deudas y realizar mi proyecto. Es con el señor valentino FINA que mi sonrisa es nueva, simple y muy comprensiva.
Dani
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maria
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Gracias
Saludos
PEDRO
Enviado el
PEDRO
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JUAN ANTONIO FERNANDEZ RUEDA
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Actualmente me encuentro de baja laboral por accidente de trabajo , me han realizado una ecografía del segundo dedo del pie derecho para confirmar la rotura del extensor del dedo , he pedido una copia del informe del radiólogo , así como una copia de las imágenes obtenidas en la ECO , y se niegan a dármelas hasta que no haya sido dado de alta. ¿Esto es así , o estan aobligados a darme una copia del resultado de la ECO , estando aún en proceso de baja?
Donnie jessica
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andre
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andersonea6 à gmail . com
Hola, soy un agente de crédito que presta préstamos personales y financiamiento, si estás interesado en un préstamo o cualquier tipo de financiamiento,
gracias amablemente a ponerse en contacto con nosotros para obtener más información: andersonea6 à gmail . com
joe
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Gracias ....
Alfonso Vazquez
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bitcioninvestor0@gmail.com
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No hay mayor alegría que tener una libertad financiera con la ayuda de Martins que me ayudó, cambié $ 4,000 USD y obtuve $ 42,200.00 USD de ganancia total en 3 días hábiles. Muchas gracias por el apoyo, señora. ¿Por qué perder su valioso tiempo en línea buscando un préstamo? --- Contáct
lohr
Enviado el
Usted está marcado, las restricciones bancarias, y usted no tiene el favor de los bancos o mejor que usted tiene un proyecto y necesita financiación, un mal historial de crédito o la necesidad de dinero para pagar las facturas, el fondo para invertir en las empresas. Así que si usted necesita préstamo no dude en ponerse en contacto con nosotros para aprender más sobre nuestras condiciones, en particular en la tasa de 3%. Para cualquier otra información póngase en contacto con nosotros por correo:
Nuestra dirección de correo electrónico está en la imagen de la publicidad
Atentamente
walterlohrpaula@gmail.com
Enviado el
Usted está marcado, las restricciones bancarias, y usted no tiene el favor de los bancos o mejor que usted tiene un proyecto y necesita financiación, un mal historial de crédito o la necesidad de dinero para pagar las facturas, el fondo para invertir en las empresas. Así que si usted necesita préstamo no dude en ponerse en contacto con nosotros para aprender más sobre nuestras condiciones, en particular en la tasa de 3%. Para cualquier otra información póngase en contacto con nosotros por correo:
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Atentamente
Marcus Luca
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Préstamo barato está disponible. ¿Necesita un préstamo para su negocio o para uso personal? no busques más porque estamos aquí para ti .. Ofrecemos préstamos en dólares, euros y libras. nuestro rango de préstamos comienza desde 20,000.00 hasta 2,000,000.00 con un porcentaje anual del 2%. Para obtener más información.
María
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Si pueden ofrecerme algun artículo de la ley donde especifique este asunto lo agradecería.
Entiendo que los trabajadores que no estén obligados a hacerse los reconocimientos pueden no ejercer este derecho, pero también tenía entendido que las empresas están obligadas a ofrecer el reconocimiento médico a sus trabajadores y éstos son los que deciden si ejercer o no este derecho. En RRHH me indican que no están obligados a ofrecerlo y esto me confunde. Muchas gracias.
Fernando
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trabajo en una empresa de alimentación y eventualmente utilizo carretilla elevadora retráctil me obligan a hacerme el reconocimiento medico el cual yo no me niego y me lo he hecho pero lo único que me he negado a hacerme es la analítica de sangre ya que le tengo pánico a las agujas. me pueden sancionar por no hacerme la analítica. ya que el resto del reconocimiento medico si que lo he hecho.un saludo Gracias
jose Manuel
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Les digo que me confirmaron la cita, y que algunos de mis compañeros que están en la misma situación si se lo realizando….. la respuesta de la persono fue NO! Te lo puede hacer, invitándome a irme de la clínica.
Le pedí una hoja de reclamación, la cual solo me sello.
Gracias.
lina maria carmona
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Juanan
Enviado el
Mi pregunta es , si puedo hacerlo completo a falta de la analítica?
Gracias de antemano
Juanan
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Mi pregunta es , si puedo hacerlo completo a falta de la analítica?
Gracias de antemano
juan angel
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REUBUCACION LABORAL
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mi esposa tiene un accidente y debido a su trabajo le realizan cirguia de columna la reubican en oficinas luego la envia a casa por casi dos años por la ley 140 del codigo sustantivo de trabaja desde el 2018 a marzo de 2021 durante este tiempo su salio siempre fue el mismo ahora la reubican segun criterios medicos con unas recomendaciones de las cuales no le han cumplido con un puesto de trabajo adecuado como escritorio y silla ya que ella no puede permanecer mucho tiempo sentada si mucho tiempo de pie es la hora y no le han ajustado su salario y no le han brindado los elementos para desempeñarse en su labor y desarrollarse como profesional
Casian
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Rodrigo Flores
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Paula
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Gracias.
Andres
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Mary sandra
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Yadira
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Mi empresa me puede obligar hacerme la prueba de COVID en un particular y me pueden prohibir regresar al trabajo si no la tengo
Aún cuando ya acudí a mi Seguro social correspondiente ?
Lorena
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Maria
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Magarita
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Sandra
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Somos empleandos de una empresa que tiene su sede en Londres. La empresa quiere establecer el reconocimient médico, pero como se elige adonde hacerlo?
Gracias
LEIDY DEVIA
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Daniel
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Nelly
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María
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Mercedes
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Alberto
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Ivan
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Javier M.
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Ana FS
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Fran
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José Enrique
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Entiendo profesionalmente
Y luego modificaron por cambio de puesto de trabajo almacenero
Modificaron sin más limitado a la condición de vehículos y carretillas..
La pregunta es que la empresa no respeto la recomendación de riesgos laborales
Y siguió mandándome como acompañante de reparto vulnerando la recomendación de la empresa y.el diagnostico dado
Y despidiéndome despido disciplinario por acudir con mi vehículo personal al puesto de trabajo
Gracias
Issam
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Fuencisla
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Muchas gracias
Jorge
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Roberto
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?, hace pocos días me han concedido la incapacidad permanente total porque no puedo hacer mi trabajo habitual.
Mari
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Mi caso es el siguiente, he aprobado el examen teórico y práctico para conductora de una empresa municipal y lo que me queda es el reconocimiento médico. En las bases de la convocatoria pone que no son aptos los que han tenido cáncer y no
hayan pasado diez años desde que lo tuvieron.
Es legal que una empresa no te contrate porque no hayan pasado diez años desde que tuviste cáncer? Si el reconociendo médico es para comprobar si puedes desempeñar el trabajo, aunque no hayan pasado diez años, nada me impide conducir. Gracias.
Adela
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El día programado para el reconocimiento médico no puedo asistir porque tengo que asistir con mi hija (menor) a una cita médica programada con meses. Me dicen desde mi empresa que firme una renuncia, pero no es el caso porque si que quiero hacerme el reconocimiento médico, ¿como debo actuar?. Gracias
angel
Enviado el
cuantas horas deberia computarme la empresa?