Variación salarial media pactada en convenio. Incremento del 1,12 %

Variación salarial media pactada en convenio. Incremento del 1,12 %
Analizamos si realmente se está produciendo una reactivación de los salarios de los trabajadores por cuenta ajena dentro del escenario de crisis económica en España.

El Ministerio de Empleo contabilizó hasta marzo de 2016 una variación salarial media pactada en los convenios colectivos del 1,12 %, lo que representa un aumento de 4 décimas respecto al 0,69 % de 2015 para los convenios de empresas. Sin embargo, las de ámbito superior se sitúan en torno al 1,14 %. Según publica el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, en estos datos temporales recogidos en la Estadística de Convenios Colectivos, la jornada media pactada para el 100 % de los convenios se coloca en unas 1.758 horas al año por trabajador. Los convenios de ámbito superior ascienden hasta las 1.759,7 horas, mientras que los convenios de empresa representan la cifra de 1.722,1 horas al año.

Negociación colectiva y convenios de empresa

La negociación colectiva es un espacio en el que las organizaciones empresariales y sindicales discuten entre ambas las condiciones de trabajo y los modelos de producción para aumentar el empleo, mejorar la eficiencia del trabajo y conseguir la unión social. Muchas veces, tanto empresas como trabajadores tienen criterios diferentes y han de afrontar procesos de negociación en situaciones difíciles. El momento actual constituye una situación complicada a causa de la crisis económica. El Gobierno de España, como consecuencia de la grave situación económica, llevó a cabo en 2012 la última reforma laboral y abordó medidas y reformas laborales de gran calado social.

Acuerdo entre patronal y trabajadores

En junio de 2015 se aprobó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el III Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva 2015, 2016 y 2017. Este acuerdo fue rubricado por los sindicatos (CC.OO. y UGT), en representación de los trabajadores; y los empresarios, gracias a las firmas de las plataformas de la patronal CEOE y CEPYME. El texto fue acordado el 8 de junio en la sede del Consejo Económico y Social (CES) y recogido en una resolución de la Dirección General de Empleo. La importancia del acuerdo se ve reflejada no solo en las cifras, sino también en el espacio de tiempo que dura el acuerdo.

La reunión que tuvo lugar el pasado año entre los sindicatos y la patronal puso las bases de una futura recuperación económica. El objetivo actual del acuerdo fue abordar los problemas competitivos del mercado español para mejorar el empleo y las condiciones de los convenios colectivos y conseguir un incremento salarial. Se intenta, además, generar confianza a la sociedad para que consuma. El ejemplo, a grandes rasgos, es el acuerdo entre patronal y trabajadores. La situación era difícil, ya que ambas partes estaban enfrentadas por la necesidad de subir los salarios y, al mismo tiempo, qué referencia usar.

Líneas básicas del III Acuerdo para la Negociación Colectiva

La Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) y la representante de las Pymes, la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME), por una parte; y, por otra, los sindicatos UGT y CC.OO. lograron un acuerdo histórico de Negociación Colectiva por un espacio de tiempo de 3 años.

A continuación, se profundiza en las líneas básicas del texto, que contiene las siguientes pautas

  1. El objetivo de esta negociación es aumentar el empleo y los derechos, para salvaguardar la calidad del trabajo. Se intentan paliar situaciones como la escasa contratación de jóvenes a causa del alto índice de desempleo español, el más alto en Europa, pues casi roza el 50 %. Otro aspecto para impulsar el empleo de calidad pasa por realizar un buen uso de las modalidades de contrato y cualificación profesional. Además, se hace hincapié en el fomento de la igualdad de trato y oportunidades. Para ello, se mejoraran los procesos de reestructuración de cara a mantener el empleo.
  2. El segundo aspecto del acuerdo incide en las condiciones de trabajo negociadas bajo los instrumentos de flexibilidad. Mediante el uso de los sistemas de clasificación profesional de los trabajadores gracias a los grupos profesionales. De esta forma, se intentan flexibilizar diferentes aspectos, como la mejora de las condiciones de trabajo, la protección del teletrabajo, el control del absentismo, etcétera.
  3. Quizás el aspecto más importante sea este tercer punto: la negociación de un incremento en materia salarial. Las medidas para determinar los salarios fueron las siguientes: durante 2015, quedó establecido un máximo del 1 %; mientras que, para 2016, este fue del 1,5 %. Mientras tanto, para 2017, se está a la espera de la evolución del PIB español y de la situación económica en el resto de Europa.
  4. El último punto negociado fueron los convenios colectivos. Para ello, se potenciarán las comisiones paritarias y los sistemas de solución de conflictos. También se trató la negociación colectiva renovando los convenios mediante acuerdos. Si hay problemas, se acudirá a terceros (sistemas de solución autónoma de conflictos) en la búsqueda de impulsar y no bloquear. Un aspecto muy discutido fue la ultraactividad. En otras palabras, la renovación automática de los convenios colectivos desaparece. Lo que significa que, una vez acabe el plazo de vigencia, solo se podrá extender 2 años más y, si pasado ese tiempo no se negocia uno nuevo, el anterior caduca y pasa a aplicarse el de ámbito superior.

El Tribunal Supremo tumba la ultraactividad

El eje central de la última reforma laboral (2012) fue la regulación del despido, pero también modificó la parte referente a los convenios de empresa. Sin embargo, en enero de 2015 el Tribunal Supremo dictaba una sentencia sobre la vigencia de un convenio de empresa y el mantenimiento de las condiciones laborales de la reforma del 2012. En ella, el Alto Tribunal decide proteger a los trabajadores al acordar mantener unas condiciones que los trabajadores tenían en un acuerdo.

La intención del Tribunal es evitar las consecuencias negativas que tendría para los trabajadores cobrar el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) por hacer el mismo trabajo que realizaban con anterioridad. Los magistrados votaron 8 a 6 a favor de la interpretación anterior de que si un convenio estaba en vigor, se seguiría disfrutando, en caso de que no se bloqueara. De esta forma, las empresas no pueden aplicar a todos sus trabajadores el SMI sin justificación. Esta situación era un desequilibrio entre los derechos del empresario y trabajador que finalmente el Tribunal Supremo garantizó a favor de los trabajadores.

Las cifras cuadran

El texto que firmaron los empresarios y trabajadores en el III Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva 2015, 2016 y 2017 garantiza compromisos por ambas partes para cumplir con lo acordado. En caso de incumplimiento de lo acordado, cualquier parte puede realizar una reclamación. Para ello, se constituyó una Comisión de Seguimiento compuesta por 3 integrantes de cada una de las organizaciones que seguirán con atención lo pactado para su ejecución.

Sin embargo, fueron importantes el tiempo y la vigencia de 3 años, hasta 2017, en la que ambas partes se reunirán de nuevo para negociar un nuevo texto. Cuando queda un año y medio para finalizar el acuerdo, las cifras económicas cuadran, a pesar de no ser todo lo buenas que deberían. En 2015, el acuerdo del incremento de los salarios fue de un máximo del 1 % y quedó en un 0,73 %, a falta de 23 décimas para llegar al tope. Durante el primer trimestre de 2016, el crecimiento se sitúo en el 1,11 %;  mientras que en mayo subió 0,03 puntos, hasta el 1,14 %, según cifras del Gobierno.

Las previsiones realizadas por el Ministerio de Empleo no han sido del todo malas, ya que han superado el 1 %, pero se quedan lejos del máximo del 1, 5 % establecido en el convenio. A pesar de que las cifras indican una ligera mejoría de los salarios, la situación es de estancamiento y una cierta parálisis. 2017 será un año clave del acuerdo, al tratarse como referencia del incremento salarial el PIB. Sin embargo, al ritmo de crecimiento actual de 2016, es posible que no llegue al 1,5 % máximo, lo que repercutirá en el siguiente año. Cabe decir que las cifras entran dentro de lo acordado.

Aumento de los convenios firmados

Aunque no todo son malas noticias, pues las mesas de negociación han aumentado, si se observan los convenios de empresa firmados. A fecha de 31 de mayo, los trabajadores ratificaron 1.910 convenios, un incremento del doble respecto a 2015. Esta cifra representa a 4,5 millones de trabajadores, un dato superior en un 77,8 % al mismo período de tiempo de 2015.

De los convenios firmados hasta mayo, el 77,2 % correspondió a convenios de empresa (1.474), que representan a 295.700 trabajadores; mientras que el resto, 436, eran convenios de ámbito superior al empresarial. 42430 son los descuelgues producidos entre 2012 y 2016. Los descuelgues son unas revisiones de las condiciones laborales en las empresas. La buena noticia es que las jornadas medias se sitúan en cifras similares a años pasados, los salarios se incrementan poco a poco y cada vez hay menos descuelgues. Además, los convenios se han visto reforzados, al incrementarse el número respecto al año pasado. Cifras positivas que invitan al optimismo, aunque queda mucho camino por recorrer para volver a la senda del pleno empleo.

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