Nuestro ordenamiento jurídico prevé contratos temporales de distinta naturaleza con una indemnización de doce días por año trabajado a la finalización del mismo, como los contratos de obra y servicio determinado o el eventual por circunstancias de la producción e incluso contratos temporales que no tiene prevista indemnización, como los contratos de interinidad.
En los últimos años se ha abierto un debate sobre si es ajustado a derecho estos contratos temporales sin indemnización o con...
Contratos temporales. Indemnizaciones
